Exclusivo: El Gobierno limitará las jubilaciones de privilegio de políticos, jueces y diplomáticos

El Poder Ejecutivo arrancará este mismo fin de semana con una comisión para analizar el artículo 51 de la nueva Ley de Emergencia sobre los regímenes previsionales especiales.

20 de diciembre, 2019 | 16.02

Tras la polémica que se generó con la media sanción de la ley de Emergencia, el Gobierno nacional puso en marcha el mecanismo para reducir las jubilaciones de políticos, jueces y diplomáticos. 

Se reunió una comisión especial liderada por el ministro de Economía, Martín Guzmán, para limitar y bajar ese tipo de jubilaciones de altos ingresos, que en el proyecto aprobado por Diputados obtuvieron un tratamiento diferenciado del régimen general, cuya actualización automática había quedado suspendida por 180 días.

"Los regímenes especiales fueron dejados para un estudio más detallado dada su heterogeneidad. Pero vamos a cumplir con la elaboración de los proyectos de ley de modo tal de reforzar el carácter redistributivo y solidario que deben tener todos los sistemas previsionales", había afirmado en diciembre a El Destape en estricto off una fuente cercana a Alberto Fernández.

Se reunieron actuarios y economistas para revisar el artículo 51 del proyecto aprobado en el Congreso y se decidió convocar para este lunes 23 de diciembre a una comisión para bajar jubilaciones de jueces y embajadores. "La idea es tratar de limitar y bajar jubilaciones de privilegio sin que se abran juicios contra el Estado", contaron a este portal desde el Poder Ejecutivo. 

Si bien en el primer proyecto se suspendía la movilidad para los artículos 1, 10 y 13 de la Ley N° 24.018, en el texto final que fue aprobado en la Cámara de Diputados se eliminó esa novedad y se agregó que quienes están bajo la Ley 24.018 quedarán exceptuados de la suspensión de la movilidad por 180 días. Así, recién en seis meses se iba a formar esta comisión para rever sus casos. Finalmente, se resolvió que esa comisión comenzara el lunes 23 de diciembre a estudiar esas jubilaciones de regímenes especiales.

La Ley N° 24.018 de jubilaciones y pensiones refiere en sus artículos 1, 10 y 13 respectivamente al "Presidente, el Vicepresidente de la Nación y los Jueces de la Corte Suprema de la Nación quedan comprendidos en el régimen de asignaciones mensuales vitalicias que se establecen en el presente capítulo a partir del cese en sus funciones";  "el haber de la jubilación ordinaria será equivalente al ochenta y dos por ciento (82%), de la remuneración total sujeta al pago de aportes correspondiente al interesado por el desempeño del cargo que ocupaba al momento de la cesación definitiva en el servicio"; y "El haber de la prestación de los magistrados y funcionarios incluidos en el artículo 8, que se hubieran jubilado o se jubilaren en virtud de disposiciones legales específicas para el Poder Judicial de la Nación vigentes con anterioridad, como también el de sus causahabientes, se reajustará o fijará de conformidad con las normas de este régimen aunque no se acreditaren los requisitos por él establecidos".

EL ARTÍCULO DE LA POLÉMICA

 

En marzo llegó al Senado y se hizo ley

En marzo de 2020 llegó a la Cámara de Senadores el proyecto de ley que establecía la nueva fórmula para calcular las jubilaciones de privilegio (jueces, diplomáticos y fiscales). La norma terminó siendo admitida con 41 votos a favor y 21 en contra.

El texto, como ya se había adelantado en El Destape que sería aprobado, detallaba el cálculo del haber inicial del sector. Se aclaraba que los beneficios otorgados a partir de la entrada en vigencia de la ley serían del 82% sobre el promedio de las últimas 120 remuneraciones “actualizadas al valor del salario correspondiente a cada categoría o cargo vigente al momento del cese”. 

En la sesión del 12 de marzo, se extendieron intensos debates en la cámara, por más de seis horas. Sin embargo, el Frente para Todos -bloque que presentó el proyecto- consiguió el respaldo de tres senadores de grupos minoritarios para concretar la aprobación inmediata.

El bloque opositor, liderado por Juntos por el Cambio, cuestionó el proyecto pero el apoyo que consiguió no fue suficiente para detener la anuencia de la nueva ley para eliminar las jubilaciones de privilegio.

Juntos por el Cambio, entre otras razones para oponerse a la ley, acusaba al gobierno de propiciar el éxodo de jueces y fiscales que estaban retrasando, por algún motivo, su proceso jubilatorio. 

Daniel Lovera, encargado por el Frente para Todos de presentar los argumentos principales de defensa del proyecto, aseguró que el texto "debe ser analizado de manera integral y con mirada solidaria y en el contexto tremendamente complejo en el que se encuentra hoy nuestro país". Y lo que se busca es ser “consecuente con el esfuerzo que se hace a nivel general para una distribución de los recursos más equitativa".

Lovera señaló que el "sistema previsional pasó de ser un sistema solidario a ser un sistema tremendamente injusto" ya que existe "una gigantesca asimetría".

Por su parte, Martín Lousteau expresó la postura de Juntos por el Cambio: “Es un sistema insostenible, es un verso y nosotros no lo compramos". Y agregó: “Creo que nos podríamos tomar un tiempo, porque cuando el sistema previsional colapsa o cuando es inequitativo somos injustos intrageneracionalmente e intergeneracionalmente y este es un país en el cual la acumulación de desarreglos macroeconómicos siempre la han pagado los jubilados”.

Al respecto, la senadora oficialista Anabel Fernández aplaudió la decisión porque insistió en que "se está dando un paso importante, muchas veces postergado, sobre dos sectores privilegiados que aportan un 1% más y reciben jubilaciones 13 veces más altas que el resto de los argentinos".

El proyecto no solo establece la fórmula para calcular el haber, también aumenta a 65 años la edad mínima para poder iniciar los procesos de petición de los trámites jubilatorios en el caso de los hombres.

Para acceder a este régimen tendrán que haber trabajado 10 años seguidos en el Poder Judicial o 15 años en forma interrumpida de los 30 años que deberán haber aportado al sistema jubilatorio.

 

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