La ex presidenta Cristina Kirchnerdeclaró ante el juez federal Claudio Bonadioel 13 de abril, en el marco de las operaciones por la venta de dólar futuro al final de su Gobierno. El Código Procesal Penal marca que "en el término de 10 días a contar de la indagatoria, el juez ordenará el procesamiento del imputado". Este miércoles se cumple ese plazo y aun no hay una decisión del magistrado.
Sin embargo, se trata de un plazo ordenatorio, es decir, sin consecuencias procesales. "Si se vencen los diez días no pasa nada porque es un plazo que hay en el Código como para que haya un parámetro, pero que si se pasa no es nulo su accionar", explica a El Destape el abogado penalista Francisco Onetto.
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Distinto es cuando el plazo es perentorio, que aplica como el último plazo que se concede en cualquier asunto. "En el caso que tendría que sí o sí resolver es si se trata de un plazo perentorio. Acá, por más que haya incumplido con el plazo, la Cámara no le va a decir nada porque no es nulo su accionar y tiene validez", apunta el abogado penalista Ricardo Huñis.
Mañana, la Cámara Federal porteña realizará una audiencia para resolver la recusación que la ex presidenta presentó contra el juez. Bonadio rechazó hace unos días la recusación de Cristina y aseguró que él no tiene una "enemistad manifiesta" con la ex mandataria y no está inhibido de dictar la resolución.
A su vez, Bonadio citó a ampliar indagatoria a varios funcionarios de la Comisión Nacional de Valores y la nueva ronda de citaciones demora los plazos procesales de la causa.
"Lo que entiendo es que Bonadio lo que hará es no expedirse hasta tanto no se resuelva su situación porque el plazo de los diez días la jurisprudencia dice que es un plazo ordenatorio y no perentorio", agrega Onetto.