Espionaje ilegal: Casación confirmó la rebeldía de Stornelli y la competencia provisoria de Ramos Padilla

El argumento para rechazar los recursos es que la competencia del juez de Dolores no es una sentencia definitiva, por lo que aclaran que la ratificación del magistrado "es provisoria".

27 de junio, 2019 | 14.18

Fue un día movido en la Cámara de Casación, la máxima instancia penal del país, en sus definiciones sobre la causa por operaciones de inteligencia ilegal. En un mismo movimiento, los jueces Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci apartaron del caso a su colega Alejandro Slokar gracias a una maniobra de Elisa Carrió y confirmaron por un lado la competencia provisoria del juez Ramos Padilla al frente de la causa por operaciones de inteligencia ilegales y por el otro la condición de rebelde del fiscal Carlos Stornelli.

En el fallo, fue repetitiva la cuestión de que la ratificación de Ramos Padilla es provisoria.

La competencia provisoria de Ramos Padilla fue establecida por la Cámara de Mar del Plata el pasado 13 de mayo, en una resolución en la cuál le ordenaron que definiera el objeto de la investigación sobre las operaciones de inteligencia y espionaje ilegales. El fallo fue por unanimidad, firmado por los camaristas Eduardo Jiménez, Alejandro Taza y Bernardo Bibel. Esa decisión fue apelada por el fiscal ante la Cámara de Mar del Plata Juan Manuel Pettigiani y detrás de ese reclamo se colaron Stornelli, el espía ilegal Marcelo D’Alessio, su supuesto custodio Mariano “El Alemán” Díaz, Carlos Liñani (acusado de la extorsión al ex secretario de CFK Pablo Barreiro), Leonardo Fariña, Rodrigo Gonzalez (ex abogado de D’Alessio), entre otros.

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Ahora, los jueces de Casación Ledesma y Yacobucci rechazaron los recursos del fiscal Pettigiani y las adhesiones de Stornelli, D’Alessio y demás involucrados. Sin embargo, en sus argumentos fue por demás repetitiva la cuestión de que la ratificación de Ramos Padilla es provisoria. De hecho, el argumento para rechazar los recursos es que la competencia de Ramos Padilla no es una sentencia definitiva sino, justamente, provisoria. Así lo escribió en su voto Ledesma, que dijo que las “cuestiones de competencia no constituyen, en principio, sentencia definitiva” y que “ello se advierte claramente además del tenor de la resolución recurrida, pues la cámara de apelaciones ha destacado en varios pasajes la provisoriedad de la competencia asignada”. El juez Yacobucci, en su voto, va por el mismo lado al plantear que “en las consideraciones que esa jurisdicción (Cámara de Mar del Plata) hace sobre el particular, ha señalado reiteradamente, y de modo inusual, la notoria provisoriedad de la competencia atribuida”.

Respecto a la situación de Stornelli, los jueces de Casación ratificaron su condición de rebelde. El juez Ramos Padilla declaró al fiscal Stornelli en rebeldía luego de que no se presentara a cuatro citaciones a indagatoria. Esto fue confirmado por la Cámara Federal de Mar del Plata, que incluso fue más allá al indicarle a Ramos Padilla que debía pedir el juicio político de Stornelli. Frente a eso, tanto Stornelli como su colega el fiscal Juan Manuel Pettigiani interpusieron recursos de Casación, pero los jueces Ledesma y Yacobucci ahora dicen que fueron mal concedidos y confirmaron la rebeldía de Stornelli.

En el caso de Ledesma, sostuvo que “la resolución (que confirmó la rebeldía) ha sido sustentada razonablemente” y que “no implica la limitación del derecho a la libertad ni del derecho de defensa del imputado”. Por su lado, Yacobucci afirmó: “Es dable señalar que tampoco se demuestra la existencia de un agravio insusceptible de reparación ulterior porque, tal como advierten los recurrentes, en la resolución recurrida se ha dejado a salvo la inmunidad de arresto (punto 1 de la resolución recurrida), y asimismo ‘revocar lo dispuesto por el juez se ha dispuesto a quo en cuanto no dar tratamiento a las peticiones efectuadas’”, en referencia a que Ramos Padilla había cortado el diálogo procesal con Stornelli pero la Cámara de Mar del Plata le ordenó retomarlo.

 

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