En medio de el continuo aumento de precios, el juez federal José Luis Casalun dictó un inédito fallo a favor de los ahorristas en planes de automóviles. El magistrado ordenó retrotraer las cuotas a abril de 2018 -antes de la devaluación que derivó en la huida al Fondo Monetario Internacional- y que desde mayo de ese año, las cuotas solo podrán ser actualizadas por el índice de variación del salario y ya no por inflación.
La medida cautelar ordenó a las compañías FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Plan Ovalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados, Circulo de Inversores S.A.U. de Ahorro para Fines Determinados y Toyota Plan Argentina S.A. de Ahorro para Fines Determinados retrotraer el valor de las cuotas mensuales de los contratos de adhesión al mes de abril del 2018. Y establece que a partir del mes de mayo 2018 las cuotas podrán incrementarse según la variación mensual del Índice de Salarios del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina.
De esta manera, la decisión aclara que la «cuota mensual» es el valor final abonado por el consumidor, debiendo formularse este recálculo a la fecha de la próxima cuota a liquidar y para todos los miembros de la clase representada, salvo aquellos que expresamente manifiesten su voluntad de excluirse de los efectos de esta medida.
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Asimismo, marca que la «clase representada» en esta causa judicial son aquellos usuarios y consumidores que suscribieron un contrato de adhesión antes de abril de 2018 con las compañías de auto ahorro enumeradas y que tengan su domicilio dentro de la jurisdicción territorial de este Juzgado Federal.
Por otro lado, las compañías informaron que pasarán de 84 a 120 cuotas como mínimo y fuentes empresarias advirtieron que el fallo será apelado en instancias superiores hasta llegar a la Corte Suprema.