Los partidos o alianzas que compitan en las PASO deberán sumar el 1,5% de los votos válidos en el distrito para poder participar de las elecciones generales de octubre con sus candidatos. Para eso, se considerará la sumatoria de todas las listas internas de las agrupaciones políticas, en caso de haber presentado más de una alternativa electoral.
Según establece la ley electoral vigente, "sólo podrán participar en las elecciones generales" las agrupaciones políticas que "hayan obtenido como mínimo un total de votos - considerando los de todas sus listas internas - igual o superior al uno y medio por ciento (1,5%) de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categoría".
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Las fuerzas que superen ese umbral quedarán habilitadas para participar de la contienda electoral de octubre, donde competirán con una única lista para los cargos de 24 senadores y 127 diputados nacionales.
Para la conformación final de la lista de candidatos que se presentarán en dos meses, cada agrupación política "aplicará el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria o el reglamento de la alianza partidaria", como indica la Ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral.