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La devolución, una vez completado el trámite, será válido solamente para el medio aguinaldo que pasó, por lo que el próximo, a cobrarse en diciembre, volverá a estar alcanzado por el tributo, a menos que hubiere una medida del Gobierno en sentido contrario. El mismo será devuelto con el salario y pagado por el empleador, que fue aquel que retuvo en un primer momento el monto correspondiente.
Para poder acceder a este beneficio, es necesario estar al día con las obligaciones fiscales durante los últimos dos años y no quedar alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales, que tras la norma sancionada por el Congreso tiene un mínimo no imponible de 800 mil pesos para este año.
Paso a paso, este es el trámite que deben hacer los trabajadores para solicitar que le devuelvan el SAC:
1-Acceder al sitio web de la AFIP, a la sección con clave fiscal
2-Una vez ingresado al sistema, acceder a la opción "sistema registral" (está en la parte inferior de la pantalla)
3-Luego, acceder a la opción "Solicitudes Ley Nº 27.260. Arts. Nº 63 y 85" y después al apartado "Solicitud beneficios para contribuyentes cumplidores Art. 63".
4- Hacer click en la opción "Solicitud de exención en el Impuesto a las Ganancias – 1era. cuota SAC período fiscal 2016".
A partir de aquí, los empleadores quedarán obligados a cumplir con lo dispuesto en la RG 3.418 –en caso de que aún no lo estuvieran- y también deberán identificar claramente en el recibo de sueldo el beneficio.