Entre tantas medidas, el ministro de Economía, Martín Guzmán, confirmó que eximirán del pago del Impuesto a la Renta Financiera a inversiones en pesos. Para promover la salida de del dólar, la medida incluiría tanto a plazos fijos en moneda local como a bonos.
El impuesto a ahorros e inversiones rige desde diciembre de 2018 y ya gravaba en forma diferencial a las colocaciones en pesos y a las colocaciones en dólares. La decisión es parte de los proyectos de Ley de Emergencia Económica y de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que el Gobierno envió a la Cámara de Diputados.
El arancel, surgido de la Reforma Tributaria votada por el Congreso a fines de 2017, fijaba una alícuota del 5% para inversiones en pesos sobre el mínimo no imponible, de $ 66.917,91 anuales. Además, el gravamen sube a 15% sobre el excedente de ese monto para el ingreso generado a través de activos en dólares.
Este es el artículo en cuestión:
“Deróganse los artículos 95 y 96 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t.o. en 2019) a partir del período fiscal 2020, y sustitúyese a partir de entonces, el inciso h) del artículo 26 de la Ley del Impuesto a las Ganancias (t.o. en 2019), por el siguiente:
h) los intereses originados por los siguientes depósitos efectuados en instituciones sujetas al régimen legal de entidades financieras normado por la Ley N° 21.526 y sus modificaciones: en caja de ahorro, cuentas especiales de ahorro, a plazo fijo en moneda nacional y los depósitos de terceros u otras formas de captación de fondos del público, conforme lo determine el Banco Central de la República Argentina en virtud de lo que establece la legislación respectiva. A efectos de la presente exención, se restablece la vigencia de las normas derogadas por los incisos b), c) y d) del artículo 81 de la Ley N° 27.430. Quedan excluidos de esta exención los intereses provenientes de depósitos con cláusula de ajuste.”