La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 3823 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La nueva norma establece que los importadores deberán presentar la información solicitada a través de la página de la AFIP, y la respuesta de los organismos encargados de autorizar el ingreso de mercadería deberán responder "en un lapso no mayor a los 10 días".
Según el artículo 2 de la Resolución, "las declaraciones efectuadas a través del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI) tendrán un plazo de validez de ciento ochenta días corridos, contados a partir de la fecha de su aprobación".
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La norma, que entrará en vigencia desde mañana, elimina la Resolución impulsada en enero de 2012 por el entonces secretario de Comercio, Guillermo Moreno, que estableció las DJAI con la que buscaba tener un mayor control para evitar la fuga de moneda extranjera provocada por las importaciones.
Según los considerandos de la norma publicada hoy, el objetivo de la medida es "el desarrollo de instrumentos que además de optimizar sus funciones específicas en materia aduanera, favorezcan la competitividad y la facilitación del comercio exterior, sin perder de vista, los controles y la gestión de riesgo sobre las mercaderías".
En ese sentido, señala que "la adopción de este sistema permitirá homogeneizar y facilitar la información con los organismos externos que participan en el desaduanamiento de las mercaderías con las intervenciones que le competen a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)".