El Gobierno tomó la decisión de cerrar todas las fronteras del país y la medida comenzó a regir a partir de las 00 del viernes. La noticia fue confirmada por el ministro de Defensa, Agustín Rossi.
La decisión afecta a todo el país hasta el próximo 31 de marzo y la decisión está reflejada en el Boletín Oficial y va a tener algunas excepciones. Esta medida es una ampliación a un DNU que, recientemente, fue emitido por el Gobierno. El Decreto 274 había establecido la prohibición para "personas extranjeras no residentes en el país", por lo que la imposibilidad para ingresar al país se hará extensiva a todos los residentes de la Argentina, nativos o extranjeros, y también a los compatriotas que viven en el exterior.
El decreto sostiene que, si bien "la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece en el inciso 5 del artículo 22 que nadie puede ser expulsado del territorio del Estado del cual es nacional, ni ser privado del derecho a ingresar en el mismo", ese mismo organismo dictaminó que "en caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado Parte, este podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de esa Convención".
Más allá del DNU, la medida tiene algunas excepciones como por ejemplo:
- Las personas que estén afectadas al traslado de mercaderías por operaciones de comercio internacional de transporte de cargas de mercaderías, por medios aéreos, terrestres, marítimos, fluviales y lacustres.
- Los transportistas y tripulantes de buques y aeronaves.
. Las personas afectadas a la operación de vuelos y traslados sanitarios.