Una nueva disposición de la AFIP establece que los turistas del exterior que compren bienes argentinos adquiridos en el país recibirán un reintegro del impuesto al valor agregado. La resolución, también rige para los comercios que se adhieran al régimen y que le vendan a los ciudadanos extranjeros productos de un valor superior a los 70 pesos.
Los turistas extranjeros podrán percibir un reintegro sobre el impuesto al valor agregado en la compra de productos de confección nacional comprados en el país y trasladados al exterior, cuyo valor supere los 70 pesos. Para que el reembolso sea efectivo, el producto debe ser comprado en un negocio que esté adherido al nuevo régimen.
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Los comerciantes deberán adherirse ante empresas adjudicatarias encargadas del servicio de "prestación de la devolución". Estas firmas, que podrán cobrarle una cuota anual al comercio por el servicio, serán las encargadas directas del reembolso al turista extranjero.
Cuando se produzca la salida del país, el turista "deberá exhibir la mercadería, la factura o tique factura y el “Cheque de Reintegro” para su verificación y autorización por parte del personal aduanero.
En tanto, para obtener el reintegro por la compra del producto de fabricación nacional, el visitante deberá acreditar su condición de turista extranjero exhibiendo su pasaporte y el comprobante de la Dirección Nacional de Migraciones. Además, deberá presentar "original de la factura o tique factura respaldatorio de la adquisición de los bienes que originan reintegro" y "original y triplicado del “Cheque de Reintegro”, por el monto del impuesto al valor agregado contenido en la compra".
La medida de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través de la resolución 3720.