Desde hoy se podrá acceder al cobro del Ingreso Familiar de Emergencia

Desde Anses comunicaron que, si la inscripción fue aprobada, ya se puede cargar el CBU para recibir los 10 mil pesos. Hoy podrán acceder personas con DNI terminados en 0 y 1.

11 de abril, 2020 | 09.05
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó que a partir hoy los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), cuyo trámite haya sido aprobado, podrán entrar en la página web del organismo para ingresar su número de cuenta bancaria y su Clave Bancaria Uniforme (CBU) y, de esta manera, acceder al cobro de este beneficio de 10 mil pesos.
 
El orden está determinado según la terminación del DNI: : 
  • DNI terminados en 0 y 1: sábado 11 de abril
  • DNI terminados en 2 y 3: domingo 12 de abril
  • DNI terminados en 4 y 5: lunes 13 de abril
  • DNI terminados en 6 y 7: martes 14 de abril
  • DNI terminados en 8 y 9: miércoles 15 de abril
 
“De esta manera, se activará la operación para que se proceda a la acreditación de la ayuda extraordinaria y el cobro de la misma en su cuenta”, explicó la Anses mediante un comunicado.
 
Si se está cobrando alguna Asignación Familiar, el dinero se va a depositar en esa cuenta. En el caso de aquellas personas que no tengan CBU y deban cobrar por otros medios, Anses informó que podrán elegirlos a partir del jueves 16 entrando también en la página web y siguiendo una serie de instrucciones que se darán a conocer esta semana. También, si no se pudo cargar el CBU el día indicado, se podrá hacer desde el 16 de abril.
 
Asimismo, Anses informó que, terminado el pago del Ingreso Familiar a los solicitantes ya aprobados, se abrirá una instancia para volver a considerar aquellos casos que no fueron aprobados, por haberse producido cambios no informados al organismo en la situación laboral o familiar de esas personas o, también, por falta de datos.
 

¿Quiénes cobran el beneficio?

  • Trabajadores y trabajadoras informales.
  • Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.
  • Monotributistas sociales.
  • Monotributistas de las categorías A y B.

Además, Anses recordó que NO podrán acceder al cobro si se reciben ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia público o privado; o al ser monotributista de categoría “C” o superior, o del régimen de autónomos; o de una prestación de desempleo.

Tampoco se incluye a quienes cobran jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA); o planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los de la Asignación Universal por Hijo o Embarazo.