Críticas a la Corte por no decretar feria judicial ante el coronavirus

El máximo Tribunal recibió fuertes cuestionamientos por no haber decretado la feria en el marco del aislamiento social por la pandemia. 

18 de marzo, 2020 | 12.14

La Corte Suprema recibió en las últimas horas varias criticas ante las medidas que adoptó el lunes por la tarde frente a la crisis del coronavirus. A través de la Acordada 4/2020 el máximo tribunal del país descartó implantar una feria sanitaria pese al pedido de sindicatos y jueces de todo el país, y lo que hizo fue declarar días inhábiles del 16 al 31 de marzo, que los tribunales tendrán que asegurar una prestación mínima del servicio y cubrirlo “prioritariamente” con los jueces y funcionarios que no estén dentro de los grupos de riesgo junto con un pequeño aporte de su millonario Fondo Anticíclico. Desde el Consejo de la Magistratura, la Asociación de Magistratura y asociaciones de abogados laboralistas ya hicieron saber sus desacuerdos.

El presidente del Consejo de la Magistratura, el juez Alberto Lugones, planteó que deberían haber declarado una feria normal. En declaraciones a El Destape Radio, el juez Lugones sostuvo que “la Corte tendría que haber hecho una feria directamente, y establecer qué juzgados están de feria y listo". Si la idea era limitar la circulación en tribunales, para el titular del Consejo de la Magistratura las medidas dispuestas por la Corte no son efectivas. "La acordada de la Corte dice que tiene que ir el juez y los funcionarios si no está en grupos de riesgo. Esto en la ciudad son 1.200 personas. En la feria normal estaríamos hablando del 10% de la gente que la que va a quedar con la acordada de la Corte", explicó Lugones. La cuestión de los fondos para afrontar esta crisis también es relevante. El presidente del Consejo de la Magistratura informó que “desde el Consejo de la Magistratura repartimos el poco dinero que teníamos para que los juzgados puedan comprar alcohol el gel" y que se reunirá “con la Corte para ver necesidades de tribunales y haremos el primer pedido de cuanto dinero necesitamos”

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Desde el Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRJU) y la Unión de Empleados Judiciales (UEJN), por su parte, están controlando que no haya abusos en las convocatorias que jueces fiscales y defensores hacen al personal para la cobertura de guardias mínimas.

Otra de las críticas a la Corte llegó desde la Asociación de Magistrados. Le enviaron una nota al presidente de. tribunal Carlos Rosenkrantz donde le pidieron que declarara una feria judicial extraordinaria. La nota ingresó a los despachos del cuarto piso de Tribunales justo después de que los cortesanos firmaran la Acordada 4/20 donde quedaron a medio camino: declararon días inhábiles del 16 al 31 de marzo, ordenaron servicios mínimos en los juzgados y anunciaron un pequeño aporte económico del 0,1% su abundante Fondo Anticíclico.  

Los abogados laboralistas se sumaron a las críticas a las medidas dispuestas por la Corte Suprema. No en el punto de la feria pero sí en temas puntuales que hacen a los litigios laborales. La Corrientes de Abogados Laboralistas 7 de julio le envió una nota a Rosenkrantz para que la Corte “se expida y aclare, en relación a la reciente Acordada 4/2020 -punto 4, que se hallan incluidas en la categoría de ‘asuntos que no admiten demoras’ las libranzas judiciales a favor de trabjadores y trabajadoras en procesos laborales y abogados y abogadas que los representan”. La cuestión clave son los días inhábiles y qué es lo que se acepta como excepción para transformarlos en hábiles, algo que para los abogados laboralistas es esencial ya que los pagos tanto de las sentencias como de sus honorarios son a través de giros judiciales. La misiva la firman Gustavo Ciempa y Natalia Salvo. En declaraciones a El Destape Radio, la abogada Salvo sostuvo que “la Corte es confusa porque no aclara cuales asuntos no admiten demora” y que “hay preocupación de trabajadores y trabajadoras que han iniciado un juicio laboral”. La preocupación tiene fundamentos. Ayer ya hubo dos juzgados laborales que contestaron que no es asunto que no admita demora el cobro del trabajador. 

 

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