Tras las medidas anunciadas por el Gobierno nacional para evitar la propagación del coronavirus en el país, se publicó un Boletín Oficial este sábado con una serie de resoluciones por parte del Ministerio de Educación, Transporte, Turismo y Jefatura de Gabinete para establecer las licencias especiales a los trabajadores estatales que se encuentren en cuarenta y para reglamentar la situación de las escuelas que tengan casos sospechosos o confirmados de COVID-19.
Según la resolución 3/2020, a partir de su publicación “se deberán otorgar una licencia preventiva por 14 días corridos, con goce íntegro de haberes, para todos los trabajadores y trabajadoras que se encuentren comprendidas en las previsiones del Artículo 7° del Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020”, es decir, para aquellos que corran riesgo de contraer COVID-19 ya sea porque viajaron a los países de riesgo o hayan tenido contacto con algún viajante.
Además, se establece que los trabajadores que no hayan sido infectados por el virus, pero aún se encuentren en licencia, deberán realizar sus tareas desde el lugar de aislamiento: home office.
“Los trabajadores y las trabajadoras que no posean confirmación médica de haber contraído el COVID-19, ni la sintomatología descripta en el inc. a) del Artículo 7° del referido decreto, y que se encuentren usufructuando la licencia establecida en el párrafo precedente, y cuyas tareas habituales u otras análogas, puedan ser realizadas desde el lugar de aislamiento, deberán en el marco de la buena fe contractual, establecer con su empleador las condiciones en que dicha labor será realizada”, explica la resolución.
En tanto, en el ámbito educativo, el Gobierno resolvió que “ante la confirmación médica de un caso de coronavirus que afecte a personal directivo, docente, auxiliar o no docente, o estudiantes de un establecimiento educativo, deberá procederse a la suspensión de clases y cierre de dicho establecimiento por el plazo 14 días corridos”.
Por otra parte, también se resolvió limitar la atención en Anses a partir del día 17 de marzo y hasta el día 15 de abril. “Las áreas de atención al público de ANSES contarán con un esquema reducido de atención al público, en virtud de la pandemia a fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario”, explica la resolución. Además, aclara que “sólo se atenderá en los diferentes centros de atención, al público que cuente con turno previo asignado”.