Este martes, el Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba confirmó la vigencia del protocolo para la atención de abortos no punibles en los hospitales provinciales. El procedimiento había sido suspendido en 2012 a partir de una acción de amparo presentada por la ONG Portal de Belén.
Con cuatro votos contra tres, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) resolvió hacer lugar al recurso de casación promovido por el Gobierno Provincial como parte demandada, y revocó la sentencia de Cámara de Apelaciones que había declarado inconstitucional la guía de procedimiento.
El tribunal estuvo integrado por los vocales Aída Tarditti, Domingo Sesín, Mercedes Blanc de Arabel, Luis Rubio y los camaristas Claudia Zalazar, Julio Ceferino Sánchez Torres y Silvana María Chiapero.
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Ahora corre un plazo de 10 días hábiles en el cual se puede presentar un recurso extraordinario antes de que el fallo quede firme. En síntesis, el TSJ entendió que, al no haber un caso concreto sobre el cual expedirse, no correspondía conceder una acción de amparo que frenara la aplicación del protocolo.
En el año 2012, la Asociación Portal de Belén cuestionó la constitucionalidad de la interrupción del embarazo incluso en los casos en que la mujer haya sido víctima de un abuso sexual con acceso carnal, o por estar en peligro su vida o salud. Por ello, desde esa fecha, el protocolo del aborto no punible estaba suspendido a la espera de que resuelva el Tribunal Superior de Justicia, que lo hizo seis años después.
Mientras el fallo del TSJ no esté firme, no se puede aplicar el procedimiento en los hospitales provinciales, según se lo explicó al medio local, La Voz, el relator del Tribunal Superior de Justicia, José Pérez Corti.
Si, como se espera, Portal de Belén apela el fallo, el TSJ puede rechazar el recurso de revisión. En esa circunstancia, el fallo quedará firme a menos que la ONG insista y recurra en queja ante la Corte.