El Gobierno nacional ya dejó trascender el proyecto de reforma laboral que presentará en el Congreso la semana próxima. El mismo implica modificaciones profundas que, entre otras cosas, reduce los costos de indemnizar a un trabajador despedido y crea un fondo para pagar indemnizaciones que, en principio, se solventará con aportes patronales.
El Destape accedió al proyecto que modifica la ley de Contrato de Trabajo y allí, toca un punto neurálgico en la protección de los trabajadores: el monto de las indemnizaciones por despido sin causa. La normativa, de aprobarse en el Congreso tal como está redactada, implica una baja en el monto que los empresarios pagarían a un trabajador por el fin de la relación laboral.
¿Cómo sería esto? El artículo 49 de la normativa modifica al 245 de la LCT, que establece que, si no hay convenio colectivo que fije mejores condiciones, la indemnización se compone por un mes de sueldo por cada año de antigüedad. Ese sueldo equivale a la mejor remuneración devengada por el trabajador en el último año.
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El proyecto de Cambiemos hace explícito que para el cálculo del mejor sueldo no se tendrán en cuenta ni las horas extras, ni el salario anual complementario, ni cualquier tipo de bonificación o comisión que haya cobrado el trabajador. Esto implica que el sueldo que sirve de base será más bajo y en consecuencia la indemnización también lo será.
Según un análisis de la Corriente de Abogados Laboralistas 7 de Julio, "así, se pauperiza la indemnización por despido en tiempos en que asciende el desempleo, es decir, cuando el daño que produce el despido es mayor".
Fondo de cese de empleo
Otra variante importante a la hora de despedir trabajadores es la creación de un marco legal para un "Fondo de Cese Laboral", similar a lo que ocurre con el sector de la construcción.
El fondo deberá establecerse en los convenios colectivos de cada actividad y, si se establecen, implican que se financiarán con el aporte de los empleadores al mismo. Ese organismo sectorial será quien luego pague las indemnizaciones por despido cuando se produzca una cesantía.
Los fondos se solventarán, en principio, con aportes de los empleadores. "Es 100% un aporte patronal", aclararon a El Destape voceros del Ministerio de Trabajo. Además, según el artículo 55 del proyecto, los fondos podrán invertir esos recursos, y la renta que obtengan irá a esa nueva caja.
"Funcionaría como el estatuto de la construcción en el que, en sentido propio, no existe indemnización. En efecto, este fondo ni protegería contra el despido arbitrario (función que algunos atribuyen a la indemnización por despido), ni repararía el daño que produce el cese por voluntad del empleador", analizaron los abogados laboralistas.