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"Apruébanse los Modelos de Acuerdo Bilateral de reestructuración de deudas a celebrarse entre la República Argentina y el Reino de España, el Instituto de Crédito Oficial del Reino de España y la Compañía Española de Seguros de Créditos a la Exportación, en el marco de la refinanciación de la deuda en atraso de la República Argentina suscripta el 29 de mayo de 2014 entre la República Argentina y los países acreedores nucleados en el Club de París", según el primer artículo del texto oficial.
El Poder Ejecutivo justificó esta decisión al señalar que los Estados acreedores "han reconocido y enfatizado la importancia del compromiso asumido por la República Argentina, de implementar políticas de desendeudamiento que permitan desarrollar las facilidades de financiamiento que resultan necesarias para la concreción de proyectos de infraestructura estratégica".
"Asimismo, esos Estados han manifestado que la regularización de los atrasos en el pago de la deuda soberana, resulta adecuada y propicia a fin de posibilitar la normalización de las relaciones económicas y financieras con la Argentina", añadió.
El Gobierno recordó que, con el Club de París, se estableció "un esquema de pago de la deuda refinanciada que no podrá exceder de un período de cinco años, así como que las obligaciones que no se encuentran en estado de incumplimiento al 30 de abril de 2014 inclusive, no se encuentran afectadas por los términos y disposiciones establecidos en la Declaración Conjunta" firmada por ambas partes.
"En este marco, resulta necesaria la suscripción de Acuerdos Bilaterales con cada uno de los Estados miembros del Club de París que suscribieron la Declaración Conjunta", enfatizó.