Caso Santiago Maldonado: la Cámara Federal ordenó que el juez Gustavo Lleral siga en la investigación

El Tribunal cuestiona al juez por no haber manejado otra hipótesis que no sea la desaparición forzada. Aun así, le exigieron continuar con una serie de medidas probatorias.

06 de septiembre, 2019 | 11.46

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia resolvió revocar la resolución del juez federal de Rawson, Gustavo Lleral, y ordenó que sea él mismo quien avance con una serie de medidas de prueba tendientes a determinar con precisión las circunstancias en que se produjo la muerte de Santiago Maldonado.

Es el Tribunal el que le exige a Lleral: "Revocar en los términos expuestos en los considerandos pertinentes, la resolución en crisis debiendo el Sr. Juez proceder proveyendo las medidas probatorias indicadas para la dilucidación de los hechos. Registrese, notifíquese, publíquese y oportunamente devuélvase". 

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En el mismo fallo, la Cámara descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona, pero dejó abierta la posibilidad de que uno o más gendarmes hayan abandonado a Maldonado en las aguas del río Chubut. Por eso mismo, revocó el sobreseimiento del gendarme Emmanuel Echazú.

Los camaristas Javier Leal de Ibarra, Aldo Suárez y Hebe Corchuelo de Huberman sostuvieron que la investigación judicial de primera instancia se dividió en dos etapas. Una se llevó adelante durante la búsqueda de Maldonado y la segunda se inició a partir de la aparición de su cuerpo el 17 de octubre. En el escrito, cuestionaron al juez Lleral por no haber avanzado sobre otras hipótesis que no fueran la desaparición forzada.

En noviembre de 2018, el juez Lleral cerró los dos expedientes por la desaparición de Santiago Maldonado y sobreseyó de forma total y definitiva al gendarme Emmanuel Echazú.

En aquella oportunidad el juez sostuvo que no encontró responsabilidades penales en la actuación de la Gendarmería y ordenó archivar la causa en el juzgado de Esquel. Lo hizo tras conocer la última pericia sobre el DNI de Santiago Maldonado que arrojó que no se encontraron "evidencias objetivas que indicaran que ese documento no hubiera estado sumergido en el agua por un período de hasta 90 días".