20 de diciembre, 2019 | 09.59

Ausol se acogió al blanqueo de capitales cuando una empresa de la familia Macri aún era accionista

Se declaró extinta la denuncia por evasión impositiva contra Ausol porque la empresa Sideco, princupri accionista de Socma, se acogió al blanqueo.

La empresa Autopistas del Sol S.A. se acogió al blanqueo de capitales y logró la extinción de una denuncia penal por millonaria evasión impositiva cuando la familia Macri aún era accionista de la concesionaria mediante Sideco, del Grupo Socma.

En un fallo de la jueza Sandra Arroyo Salgado, del 13 de junio de 2017, se declaró la extinción de la acción penal iniciada por el Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) contra la empresa por el "delito de evasión impositiva". Según se argumentó desde la defensa, y validó la magistrada, la compañía se acogió al blanqueo de capitales sancionado durante el gobierno macrista, y cuando el expresidente aún era parte de la firma, lo que habilitó la suspensión de dicha acción judicial, tal como pudo saber El Destape.

El gobierno de Mauricio Macri le reconoxio a Ausol un reclamo por Us$500 millones, posterior a que la empresa amenazara con denunciar al Estado ante el CIADI por supuestas pérdidas por atrasos tarifarios. 

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Durante su participación en el debate por la ley de emergencia en Diputados, Rodolfo Tailhade denunció que "la empresa Ausol blanqueó o dijo haber blanqueado toda la cantidad de dólares que se le acusaba de evasión" y destacó que "el blanqueo fue antes del fallo - de junio de 2017 - y la empresa de la familia macri era accionista de esta empresa - lo fue hasta un mes antes de la resolución judicial -".

En el fallo de Arroyo Salgado, al que tuvo acceso El Destape, se estipuló que el Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) radicó la denuncia porque, en base a auditorias y controles sobre la concesionaria, "se vislumbró que ciertas conductas adoptadas por sus directivos podrían resultar constitutivas del delito de evasión impositiva", en referencia a Ausol, la empresa que denunció al Estado argentino.

Para el análisis, se pidió a la Administración Federal de Ingresos Públicos que inicie un procedimiento de verificación y determinación de la deuda tributaria pero, "al momento de informar los ajustes conformados, el contribuyente solicitó ante la AFIP" la aplicación de los beneficios contenidos en la ley 27,260". La ley del blanqueo de capitales sancionada en 2016.

Puntualmente, el apoderado de Ausol, Oscar Diego Zabalaga, pidió que se declare la extinción de la acción penal y el archivo de las actuaciones en base al artículo 54 de la normativa mencionada, porque "su representada regularizó y canceló la totalidad de la pretensión fiscal con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley".

Ese artículo del blanqueo plantea que "el acogimiento al presente régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción del curso de la prescripción penal, aun cuando no se hubiera efectuado la denuncia penal a ese momento o cualquiera sea la etapa del proceso en que se encuentre la causa, siempre y cuando la misma no tuviere sentencia firme".

Y argumentó, según el artículo 52 de la mencionada normativa, que "los contribuyentes y responsables de los tributos y de los recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de mayo de 2016, inclusive, o infracciones cometidas relacionadas con dichas obligaciones con excepción de los aportes y contribuciones con destino al sistema de obras sociales y las cuotas con destino al régimen de riesgos del trabajo, al régimen de regularización de deudas tributarias y de exención de intereses, multas y demás sanciones". O sea, que podrá acogerse al blanqueo para regularizar sus deudas. Justo el ítem sobre el que se realizó, según la denuncia, una evasión millonaria.

Puntualmente, el fallo explica que "el contribuyente ingresó respecto al año 2012 el monto de $1.401.611,32 equivalente a la disminución del crédito por el impuesto a la ganancia mínima presunta de los períodos 2010 y 2011, $1.307.707,89, sumado al ajuste del impuesto a las Ganancias propio del período 2012, $93.903,43". Los montos blanqueados son, llamativamente, muy similares a los de la deuda impositiva que debían pagar.

Por eso, el apoderado Zabalaga argumentó que "el contribuyente se acogió lisa y llanamente al pago total de la deuda reclamada por la AFIP" en los términos de la ley de blanqueo, por lo que solicitó que se "haga lugar a la extinción de la acción penal", después de "haberse constatado la cancelación total de la deuda" en los informes.

Basándose en el artículo 54 de la normativa, planteó que "la cancelación total de la deuda en las condiciones previstas en el presente régimen —de contado o mediante plan de facilidades de pago— producirá la extinción de la acción penal, en la medida que no exista sentencia firme a la fecha de cancelación".

Este pedido fue tomado por la magistrada, que el 13 de junio de 2017 resolvió dejar sin efecto la denuncia por evasión millonaria contra la empresa de la que la familia Macri fue parte, en detrimento del Estado nacional, por acogerse al blanqueo que el propio expresidente y exaccionista propició.