Anularon el procesamiento del prefecto investigado por la muerte del mapuche Rafael Nahuel

El Gobierno celebró la resolución judicial que le quita responsabilidad del hecho al agente de seguridad.

24 de octubre, 2019 | 16.16

La Cámara Federal de Casación anuló el procesamiento del prefecto Francisco Javier Pintos, quien estaba acusado por el homicidio del militante mapuche Rafael Nahuel en noviembre de 2017. El hecho se había dado en el marco de una escalada de violencia por el reclamo territorial en la Patagonia. 

El oficial Pintos había sido procesado por la Cámara Federal de General Roca por "homicidio calificado por el uso de armas", pero los jueces del máximo tribunal penal Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Juan Carlos Gemignani anularon el fallo y apartaron a los jueces de la Cámara Federal de General Roca. La Casación sostuvo que existió una agresión contra los prefectos: "Los oficiales fueron agredidos por integrantes de un grupo que días antes ya había demostrado una elevada hostilidad que incluso culminó con policías heridos de gravedad".

Además, el fallo advirtió que "no se puede descartar el empleo de armas de fuego por parte de los agresores, pues se encontraron restos compatibles con deflagración de pólvora en las prendas y/o manos" de los mapuches Nahuel, Fausto Jones Huala y Alejandro González. El procesamiento había apelado por el abogado Marcelo Hugo Rocchetti, ex jefe de Gabinete del Ministerio de Seguridad bonaerense.

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La Casación le dio la razón, entre otras razones porque "se negó con prescindenca de pruebas válidamente agregadas al proceso la existencia de un enfretamiento armado". A su vez, "se descartó por motivos no jurídicos un peritaje practicado por la Gendarmería Nacional Argentina evacuando las citas del encausado que resultó legítimamente incorporado a la causa".

De acuerdo al fallo, se trató de "un peritaje balístico legalmente incorporado al proceso que precisamente siembra un manto de duda sobre una circunstancia tan elemental como es saber de qué arma partió el disparo que provocara la muerte que se investiga". Ese peritaje "concluyó que el proyectil recuperado del cuerpo del occiso no se corresponde con el subfusil adjudicado al cabo primero Francisco Javier Pintos".

"A partir de una sesgada e incorrecta ponderación del “factum”, del contexto que imperaba, de las normas aplicables, y del inexplicable desprecio de un peritaje balístico la Cámara a quo se apartó de manera inequívoca de la solución prevista por la ley para el asunto sometido a su conocimiento -y que no era otra que adoptar un criterio expectante hasta que al menos se despejen las dudas reseñadas", dijeron los jueces.

La Cámara de General Roca, al procesar a Pintos, "descartó el peritaje que concluyera en sentido contrario efectuado por profesionales de la Gendarmería Nacional, porque 'al menos en principio', el primero 'tiene mayor fuerza convictiva que el segundo', por un simple hecho: que fue llevado a cabo por un organismo -la Gendarmería Nacional- que depende del mismo Ministerio -el de Seguridad del que depende la fuerza que intervino en el procedimiento (la Prefectura Naval Argentina)".

Esas irregularidades detectadas por la Casacion llevaron a la "declaración de nulidad del pronunciamiento, el consecuente apartamiento de los jueces de la cámara Federal de General Roca y el dictado de una nueva resolución".

File a su estilo, la ministra de Seguridad, Patrica Bullrich, celebró la resolución judicial dictada por el juzgado.