Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
El organismo aclaró que el sistema se encontrará disponible en el sitio web http://www.afip.gob.ar, y "reflejará la categoría asignada al contribuyente y/o responsable para cada mes calendario, determinada sobre la base de una matriz de ponderación".
"Los parámetros de la matriz de ponderación considerarán la conducta de los sujetos respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, según los datos obrantes en las bases informáticas del organismo, que podrán ser modificados en el futuro", puntualizó.
La evaluación se realizará mensualmente y las categorías asignadas para cada contribuyente -según el "orden de riesgo"- serán:
- Categoría A: Muy Bajo - Categoría B: Bajo - Categoría C: Medio y Nuevas Altas - Categoría D: Alto - Categoría E: Muy Alto
Aquellos contribuyentes y/o responsables con una antigüedad inferior a SEIS (6) meses, en caso de inicio o reinicio de actividad, entendiéndose como tal el alta de impuestos en el "Sistema Registral" serán categorizados con la letra "C".
ARTÍCULO 5° — La categoría reflejada en el "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)" será utilizada por este Organismo a los efectos de establecer procedimientos diferenciales relacionados con la administración de los tributos y los recursos de la seguridad social, a cargo de los contribuyentes y responsables.
Las disposiciones de esta resolución general resultarán de aplicación a partir del quinto día hábil administrativo siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive, de acuerdo con lo dispuesto.
La AFIP destacó que el SIPER constituye una "herramienta de categorización que refleja de manera precisa y rápida el comportamiento fiscal del universo de contribuyentes y/o responsables, con el fin de establecer procedimientos diferenciales relacionados con la administración de los tributos y los recursos de la seguridad social".
"Esa evaluación para la asignación de las distintas categorizaciones constituye un proceso objetivo de carácter permanente, en función del cumplimiento de los deberes fiscales", añadió.