A modo de prevención contra el coronavirus, la AFIP dispuso una feria fiscal que regirá hasta el 31 de marzo. La medida no implicará ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos.
A través de un comunicado, el organismo suspendió el cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.
Una feria fiscal consiste en extender todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. A lo largo del período, no se suspenderán las acciones de la AFIP, aclaró la agencia.
El organismo podrá notificar, dictar actos administrativos, imponer multas y realizar operativos, entre otros procedimientos. Sin embargo, durante la vigencia de la feria fiscal quedarán en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a esos requerimientos.
La decisión está alineada con lo definido por la Corte Suprema, que declaró inhábiles del 16 al 31 de marzo las actuaciones judiciales ante todos los tribunales con el objetivo de reducir el riesgo de contagio.