El nuevo proyecto de ley para despenalizar y legalizar el aborto será presentado en la Cámara de Diputados por octava vez el próximo 28 de mayo. Esa fue la fecha que se acordó en un encuentro cerrado del que participaron legisladores nacionales , especialistas y militantes de la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
La fecha no es casual, en esa fecha elegida, se conmemora el Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer con el propósito de reafirmar el derecho a la salud como un derecho humano de las mujeres al que deben acceder sin restricciones o exclusiones de ningún tipo, y a través de todo su ciclo de vida.
El nuevo proyecto incorporó cambios con respecto a la media sanción del año pasado, fue consensuada en un plenario de la Campaña por el Aborto realizado a mediados de marzo en la Universidad de Córdoba. La presentación se hará en coincidencia con el Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer.
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Según se acordó en una reunión realizada en el quinto piso del Anexo A de la Cámara baja, se buscará repetir la fórmula de la pluralidad entre los primeros firmantes, y además esperan ampliar la cantidad. El año pasado se dio el récord de 71 adhesiones, y ahora tratarán de reforzar la presencia del Bloque Justicialista, el Frente Renovador y Red por Argentina. Informó el portal El Parlamentario.
Del encuentro de este jueves participaron los diputados Brenda Austin (UCR), Mónica Macha, Daniel Filmus (Frente para la Victoria-PJ), Teresita Villavicencio (Evolución) y la saliente Nathalia González Seligra, del Frente de Izquierda. También hubo representantes de la Campaña por el Aborto, el CELS, Amnistía Internacional, ELA, Huésped y el colectivo Actrices Argentinas.
Nuevas modificaciones
El artículo 1° de la nueva redacción establece que toda mujer u “otras identidades con capacidad de gestar” -figura que se incorporó ahora- tienen derecho a “decidir voluntariamente” y acceder a la interrupción de su embarazo hasta las 14 semanas, inclusive, del proceso gestacional.
En tanto, en las causales de IVE más allá de ese plazo ya no se encuentra la “inviabilidad de vida extrauterina del feto”, sino que quedan establecidos los casos en los que el embarazo fuera producto de una violación o si estuviera en riesgo la vida de la mujer o persona gestante.