Los rugbiers que mataron a Fernando Báez Sosa a la salida de un boliche, en Villa Gesell, enfrentan una pena máxima de prisión perpetua si son condenados por el crimen.
En un inicio, la causa fue caratulada como “homicidio en riña”, un delito que prevé una pena de entre 2 a 6 años de prisión y es considerablemente más leve que la que le corresponde a un homicidio simple (de 8 a 25 años). Pero, previamente a iniciar las indagatorias, el fiscal decidió cambiar la tipificación a "homicidio agravado por concurso premeditado de dos o más personas y alevosía”, por lo que los culpables podrían enfrentar una pena máxima de prisión perpetua.
El artículo 95 del Código Penal establece que, para que una muerte quede encuadrada dentro de la figura del homicidio en riña, en el hecho deben participar “dos o más personas sin que constare quienes causaron” la muerte o las lesiones.
En casos como éste, “se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido y se aplicará reclusión o prisión de dos a seis años en caso de muerte y de uno a cuatro en caso de lesión”.
La figura posee diversos cuestionamientos por el hecho de que no respetaría los principios de inocencia y culpabilidad. Pero tras el caso “Antiñir” convalidó la tipificación y determinó que la misma era constitucional.
Si el imputado no tiene antecedentes, las penas inferiores a tres años pueden ser dejadas en suspenso o ejecutadas en forma condicional, por lo que existe la posibilidad de que incluso si son declarados culpables los rugbiers no cumplan ningún tipo de pena efectiva.
La pena máxima prevista para el delito también es importante porque juega un rol clave a la hora de determinar si los imputados quedan detenidos con prisión preventiva durante el proceso o pueden esperar al juicio en libertad. Lo fundamental es tener en cuenta si existe peligro de entorpecer la investigación o peligro de fuga; lo segundo es poco probable ante penas que podrían ser excarcelables.
Tras analizar los videos de la agresión, el fiscal reveló que habría identificado a tres de los jóvenes que golpearon a la víctima en la cabeza. Esta fue la razón para cambiar la carátula de "homicidio agravado por concurso premeditado de dos o más personas y alevosía”, que prevé una pena máxima de prisión perpetua.
En términos penales, la alevosía radica en una marcada ventaja a favor del que mata. Es decir, es la indefensión de la víctima lo que motiva o decide a cometer el delito. En estos casos, se debe comprobar que hubo una característica de “traición o perfidia” en el modo que aplica el homicida.