La Corte Superior Nacional de Perú anuló la denuncia presentada contra el dictador Alberto Fujimori por su política de esterilizaciones forzadas a mujeres, en su mayoría, de bajos recursos. El tribunal consideró que la demanda contra Fujimori y sus ministros de Salud no puede tramitarse bajo las normas del Código de Procedimientos Penales de 1940 y, de esta manera, se reiniciará de la causa. Al ex mandatario -que se realizó un autogolpe para seguir gobernando sin ningún contrapoder institucional- y parte de su gabinete lo acusan por presunta autoría mediata del delito de lesiones graves seguidas de muerte en un contexto de graves violaciones a los derechos humanos.
Según el diario local La República, la Cuarta Sala Penal Superior Liquidadora Transitoria dará lugar al Nuevo Código Procesal Penal, de 2004, por lo que se perderá la investigación judicial realizada entre 2021 y 2023. Por lo tanto, ahora la Fiscalía deberá replantear el caso, formalizar la investigación preparatoria, presentarlo a un juzgado del nuevo Código y llevar a cabo las diligencias necesarias para reunir elementos para una eventual acusación contra Fujimori y sus exministros de Salud Alejandro Aguinaga, Marino Costa y Eduardo Yong. En este marco, el Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Demus) apuntó que el caso no fue archivado ni excluyó a Fujimori.
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Por su parte, ante este nuevo revés judicial, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Costa Rica, reclamó que se adopten "medidas urgentes" para garantizar el acceso a la Justicia y a la reparación. "Le dan la razón a los fujimoristas con interpretaciones antojadizas, como que los delitos de lesiones seguidas de muerte o lesiones graves, en estos casos no son de lesa humanidad", había reclamado hace unos meses ante El Destape la abogada defensora de derechos humanos, María Ysabel Cedano.
La CIDH “toma nota de la decisión de sala de la Corte Suprema de Justicia que anuló el Auto de Apertura de Instrucción contra Alberto Fujimori y otras autoridades por las esterilizaciones forzadas contra mujeres cometidas en contexto de graves violaciones de derechos humanos”, sostuvo la CIDH sobre la investigación -iniciada en 2021- anulada tan sólo un día después de que el dictador recibiera el indulto en otras causas.
En ese sentido, la CIDH señaló que "preocupa" los efectos en la celeridad, además del hecho de que se debe llevar adelante una "diligencia reforzada" en casos de violencia de género y acceso a la justicia de las víctimas.
“La CIDH urge al Estado adoptar medidas urgentes que garanticen el acceso a la Justicia y la reparación de las víctimas en los casos de esterilización forzada y otras violencias contra las mujeres”, concluyó, en el mensaje difundido, sobre la iniciativa denominada como Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar implementado por el Gobierno entre 1996-2000.
De acuerdo con la Defensoría del Pueblo, aproximadamente 30.000 personas fueron sometidas a esta práctica de control de la natalidad, sin previa consulta, pero el Ministerio de Salud ubica esa cifra entre 270.000 y 300.000. Por eso, desde las organizaciones como DEMUS, Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Centro de Derechos Reproductivos (CDR), repudiaron la decisión judicial y consideraron la decisión como un "atropello al derecho de acceso a verdad y justicia de las víctimas”. Mientras evalúan cómo van a proceder a partir de ahora.
Desde DEMUS, de la que Cedano forma parte, informaron además que pedirán a la Corte IDH celeridad en el caso Celia Ramos, que falleció en 1997, días después de sufrir una esterilización forzada. Su historia llegó a la Corte este año y espera ser juzgada.
El proceso judicial anulado
Según informó el diario El Comercio, el proceso inició en 2008 y el 11 de diciembre de 2021 se emitió un auto de apertura de instrucción contra Fujimori más otros ex funcionarios del Gobierno como el actual congresista Alejandro Aguinaga -quien presentó la demanda para que se suspendiera el juicio-, además, de Eduardo Yong, Marino Luis Costa Bauer y Ulises Jorge Aguilar, a quienes el Ministerio Público acusó de ser autores mediatos “como autores mediatos de la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud; lesiones graves seguida de muerte en un contexto de graves violaciones contra los derechos humanos y por el delito de lesiones graves”.
En esa investigación judicial penal se presentaron 1365 mujeres querellantes como afectadas por esta práctica y se esperaba que se sumaran unas tres mil más para participar del juicio. Además, unas 6504 se inscribieron como víctimas.
Ahora bien, según explicó ante este medio Cedano, las razón por la que la Justicia puede echar por tierra el proceso judicial iniciado es porque "el APRA -el partido Alianza Popular Revolucionaria Americana- y el fujimorismo se han opuesto a la adecuación del Código Penal al Estatuto de Roma", por eso, dijo, en su país "hay nomás cuatro delitos de lesa humanidad tipificados como tales de manera expresa" en la normativa interna del país: genocidio, desaparición forzada, discriminación y tortura.
"Eso no quita que no sean delitos de lesa humanidad, por las características, por cómo se han cometido, sí lo son", señaló, al tiempo, que manifestó que su país debería cumplir con los requisitos del derecho penal internacional. Otro eje al que apuntó es la "prescripción", convención a la que Perú adhirió después de los hechos, por lo que se apoyan en esa justificación para proclamar que "pasó demasiado tiempo". En ese sentido, advirtió que "lo mismo" quieren hacer con casos como La Cantatuta y Barrios Altos, por los que el dictador ya fue juzgado y, ahora, indultado.