España impondrá una cuarentena obligatoria de 10 días a los turistas procedentes de la Argentina, Colombia, Bolivia y Namibia a partir del 27 de julio. Así lo anunció el Gobierno, en una decisión publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El objetivo es frenar el avance de los casos de coronavirus, que están en alza tras el comienzo de la nueva ola de casos que inició hace algunas semanas. Hubo 677 casos cada 100.000 habitantes durante 14 días y varias regiones impusieron nuevas restricciones. Los casos son menos graves que durante las olas anteriores gracias a la campaña de vacunación: 53% de la población está totalmente inmunizada y 64% recibió al menos una dosis, según cifras oficiales.
Con el objetivo de frenar la propagación de nuevas variantes de la Covid-19, España continuará exigiendo por otra parte una cuarentena de diez días a los viajeros procedentes de India y limitando los vuelos desde Brasil y Sudáfrica para sus ciudadanos.
Qué dice la medida sobre los turistas argentinos en España
Las personas que vuelen desde la Argentina hacia España deberán "guardar cuarentena durante los diez días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo".
La orden comenzará a regir desde el inicio del 27 de julio por un periodo inicial de dos semanas, aunque podría ser prorrogada por decisión del propio Ejecutivo. La cuarentena obligatoria podrá ser reducida a siete días si el viajero presenta un test negativo el séptimo día, precisó el Ministerio de Salud español en un comunicado.
Durante el periodo de cuarentena, los viajeros deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos a cuestiones esenciales como la compra de alimentos o productos farmacéuticos, así como el contacto con otras personas, precisó la agencia de noticias Europa Press, Las autoridades sanitarias podrán contactar además en cualquier momento a las personas en cuarentena para realizar su seguimiento y observar que cumplan con el protocolo.
En caso de incumplir el aislamiento, las personas podrían ser sancionadas con una "multa de 60.001 hasta 600.000 euros".
Se fijaron algunas excepciones a la cuarentena: no deberán realizarla "los pasajeros en tránsito que sean residentes, o sean titulares de visados de larga duración de países UE y Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino, que se dirijan a ese país". También quedan exceptuado el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.