En el marco del proyecto de reforma constitucional de Formosa, referentes del sector judicial sugirieron que sería una "buena oportunidad" incorporar el sistema de juicio por jurados en la provincia. El juez de Instrucción y Correccional Nº 6 de la Primera Circunscripción, Guillermo Omar Caballero, es el referente judicial que impulsa esta propuesta, además de ser fundador de dos clubes de litigación y autor de proyectos sobre la temática.
El juez, entre los motivos que consideró para incorporar la modificación, explicó que se lograría una justicia "mucho más rápida", a pesar de que existe un aumento de la litigiosidad en la provincia, y aseguró que pasar a un sistema acusatorio puede "sincerar muchas prácticas". Además, indicó que esto llevaría a una "democratización de la justicia", ya que los ciudadanos tendrían un rol "trascendental", por ser quienes decidan la culpabilidad del acusado o no.
"Va a haber que trabajar en un gran acuerdo y en un cuerpo normativo muy grande, después en la readecuación administrativa burocrática de cada uno de las instituciones del Poder Judicial, del Consejo de la Magistratura, del Ministerio Público de la Acusación, del Ministerio Público de la Defensa", explicó Caballero.
Los antecedentes locales y nacionales
El juez Caballero explicó que hay muchas provincias en Argentina que tienen juicio por jurado. En ese sentido, recordó que en Santa Fe, esta modalidad fue aprobada recientemente; en Entre Ríos lleva varios años, al igual que Tucumán, mientras que Chaco es la provincia más avanzada en materia de juicio por jurado. Avanzar sobre el sistema acusatorio, indicó, llevaría a una separación más clara de roles judiciales, en donde el fiscal es el que investiga, la defensa defiende y el juez es un tercero imparcial que, como juez de garantía, hace el control de legalidad de los actos del Ministerio Público Fiscal y juzga.
Para esta modificación judicial se debería adecuar la Constitución Provincial a la Constitución Nacional del año 1853, ya que la misma mantiene el juicio por jurados. En ese sentido, el funcionario judicial detalló: "Lo que la Constitución dice, es que los juicios criminales se deben resolver por juicio por jurado y la práctica que debe llevarse es a través de la audiencia y no más del expediente".
En esa línea, recordó que en el año 2011 se hizo un curso de capacitación sobre le juicio de jurados en el Consejo Profesional de la Abogacía, con la participación de jueces y fiscales que concluyó en el Programa de Oralidad para Causas Penales, el cual marcó un importante antecedente en la formación de los funcionarios judiciales cómo es la realización de los juicios.
La reforma constitucional
La reforma constitucional de la provincia tiene como uno de los ejes más importantes la incorporación, con jerarquía constitucional, de la paridad de género para los cargos electivos legislativos, tanto en el orden provincial como municipal, así como en la conformación de los órganos de los partidos políticos.
También, se actualizan los artículos del 1° al 189° de la Constitución Provincial y se destaca la incorporación de los llamados "derechos de cuarta generación". Esta categoría incluye derechos de inclusión digital, y se garantiza el acceso a las tecnologías de la información y comunicación en el marco de una sociedad del conocimiento, además de promover oportunidades de desarrollo tecnológico y científico.
La propuesta de derechos de cuarta generación refleja la intención de modernización y el acceso equitativo a los recursos digitales y tecnológicos en una era de innovación constante. Otra de las reformas es el fortalecimiento del rol estatal en políticas públicas esenciales, como salud y educación.