Profesionales alertaron sobre los peligros de la venta libre de medicamentos: "Hubo casos de intoxicación"

A través del decreto 1024/2024, el Gobierno nacional modificó la Ley 17.565 que regula la venta de medicamentos en farmacias y otros establecimientos.

22 de noviembre, 2024 | 15.59

Este miércoles, el Gobierno nacional habilitó que los medicamentos de venta libre puedan ser exhibidos y adquiridos directamente en las góndolas de las farmacias, con el fin de que el público general pueda acceder directamente a ellos, sin necesidad de intermediarios. También autorizó a establecimientos que no estén habilitados como farmacias, por ejemplo kioskos y supermercados, a comercializar antiácidos y analgésicos de venta libre. El presidente de la Federación Farmacéutica de Formosa, Ernesto Morales, cuestionó esta nueva reglamentación y advirtió acerca de los riesgos que conlleva.

"Es un peligro, porque hay un principio en toxicología que dice que la diferencia entre un medicamento y el veneno es la dosis", expresó Morales, y sostuvo que debe ser el farmacéutico quien expida los medicamentos, es decir, un profesional que está capacitado para ello. Al mismo tiempo, alertó que el abuso de medicamentos de venta libre puede ser sumamente riesgoso para la salud. "Huebo muchos casos de intoxicaciones con el paracetamol, que muchos piensan que es de los más inocuos, y es todo lo contrario", alertó el especialista.

Según Morales, esta medida forma parte de un ataque a la profesión farmacéutica por parte del Gobierno nacional, que busca bajar los precios de los medicamentos regulando su comercialización. "Piensan que regulando la comercialización de medicamentos en la farmacia van a bajar los precios. Y esto está mucho más allá de la farmacia, esto viene de mucho más arriba", afirmó el farmacéutico, y  concluyó con contundencia: "Se está errando en la mirada, la visión, el diagnóstico. El problema de los precios debe atacarse desde otro ángulo, ya que la farmacia no es formadora de precios".

Los detalles de la nueva medida

A partir del decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo modificó la Ley 17.565 que regula la venta de medicamentos en farmacias y otros establecimientos, y estableció nuevos lineamientos para la compra y exhibición de remedios. "Los medicamentos de venta libre podrán ser exhibidos en las góndolas de establecimientos habilitados como farmacias, de modo tal que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y el público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios", se establece.

El texto, que lleva la firma del presidente Javier Milei y del ministro de Salud, Mario Lugones, también detalla que los medicamentos de venta libre deberán estar en góndolas "correctamente señalizadas", ofrecerse en "caja cerrada, con su respectivo prospecto", y debe ser vendido "exclusivamente a personas mayores de 18 años", quienes deberán presentar su DNI en caja al momento de realizar el pago. Además, en el decreto se remarca que en los establecimientos "que no estén habilitados como farmacias" la comercialización estará "limitada" a los "antiácidos y los analgésicos".

"La comercialización de medicamentos de venta libre y otros productos anexos a la actividad farmacéutica; como aquellos destinados a la higiene o estética de las personas, y a los que se le asignen propiedades desinfectantes, profilácticas, insecticidas u otras análogas, puede ser llevada a cabo sin la intervención de los referidos profesionales en la materia", explica el decreto.

En cuanto a los fármacos que deben ser adquiridos con receta médica, estos seguirán teniendo que ser otorgados por un farmacéutico matriculado. "La venta y despacho de especialidades médicas que requieran recetas deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (Director Técnico y/o farmacéutico auxiliar)", se remarca.

En ese sentido, el decreto también agrega que su venta y entrega puede ser "acordada por canales electrónicos determinados por la farmacia, mediante traslado al lugar que este disponga a su conveniencia, debiéndose garantizar que el traslado se realice de modo seguro conforme los requisitos aplicables y los que la Autoridad Sanitaria establezca a tal efecto".