La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso del padre de una menor contra la condena a 10 años de prisión que se le impuso por abusar, junto con su esposa, de la hija menor de edad de ambos y distribuir las imágenes a través de aplicación para teléfonos.
Se trata del recurso extraordinario que un hombre identificado como D.C.R. presentó contra el fallo que la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal dictó en setiembre de 2020, en el que también se confirmó la condena a 14 años de prisión de su mujer G.M.S., madre de la niña.
En esa sentencia, D.C.R. fue considerado partícipe necesario y su cónyuge autora del delito de corrupción agravado contra una menor de 13 años, en concurso real con la autoría del delito de distribución de imágenes de actividades sexuales explícitas de una menor.
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En el juicio se concluyó que la madre abusó de su hija cuando la víctima tenía 10 años y que los hechos ocurrieron entre agosto de 2016 y mayo de 2017, en la casa que todos compartían en Santa Fe.
La Sala III de la CFCP afirmó entonces que la madre, con su marido, aprovechándose de la ascendencia natural del vínculo maternal que las unía, perjudicó a la pequeña, afectando su normal desarrollo físico, psíquico y sexual".
Los abusos se plasmaron en filmaciones y fotografías que luego fueron distribuidas por los padres de la víctima a distintas personas, desde sus respectivos dispositivos y teléfonos celulares mediante la aplicación WhatsApp.
Según consta en la causa, en un allanamiento a la vivienda donde el matrimonio vivía con sus cuatro hijos, se encontraron más teléfonos celulares, chips de telefonía, películas pornográficas, y otros elementos que sirvieron para acreditar el abuso al que era sometida la niña.
La defensa de D.C.R., que ya había fracasado en instancias anteriores, apeló la sentencia de la CFCP, pero la Corte, por unanimidad, con la firma digital de su presidente Horacio Rosatti, y los ministros Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo.
Con información de Télam