Alertan por el impacto de la legalización de los cigarrillos electrónicos con fines recaudatorios

29 de diciembre, 2023 | 17.37

El Defensor del Pueblo Adjunto de la Provincia de Buenos Aires, Walter Martello, advirtió hoy que "se corre serio riesgo de echar por tierra con el arduo trabajo que se ha venido realizando desde hace décadas para disminuir el consumo de tabaco", en alusión a la ley ómnibus que incorpora como productos comerciales a los cigarrillos electrónicos y/o vapeadores, aplicándoles una tasa del 20% de la base imponible,

A través del Observatorio de Adicciones y Consumos Problemáticos de la Defensoría bonaerense se emitió un informe bajo el título "No importa la salud, lo que importa es recaudar", en donde se advierte de las consecuencias que el cambio legislativo puede traer en la población argentina, sobre todo en los jóvenes.

Entre otros aspectos, se mencionó que datos oficiales muestran que en la Argentina el 18% de los estudiantes de entre 13 y 15 años fuman cigarrillos, mientras que el 7,1% utilizan cigarrillo electrónico; además, el 41,8% de los estudiantes creen que el cigarrillo electrónico es menos dañino que el cigarrillo común, mientras que el 7,3% considera que es más dañino y casi un 40% de los jóvenes no sabe si es más o menos dañino.

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"La salvaguarda de la salud de la población es una de las funciones esenciales e indelegables del Estado. Se trata de una responsabilidad que no puede ignorarse en aras a un mero afán recaudatorio, apalancándose en supuestas crisis financieras apocalípticas", sentenció.

A su vez, Martello dijo que esta situación "no se trata de una actitud paternalista del Estado, ni se trata de un mero prohibicionismo cerril e ingenuo. Se trata de no dar por tierra con el arduo trabajo que se ha venido realizando desde hace décadas para disminuir el consumo de tabaco".

De acuerdo a los artículos 193° y 197° del proyecto de Ley ómnibus enviado por el Poder Ejecutivo se propone legalizar la comercialización de los cigarrillos electrónicos y/o vapeadores y de sus productos asociados (líquidos, cartuchos, etc.).

"Por el expendio de Cigarrillos Electrónicos, Vapeadores y demás dispositivos debidamente autorizados para su comercialización, que administren nicotina sin tabaco, así como sus cartuchos y líquidos, recargables o no, se pagará la tasa del veinte por ciento (20%) sobre la base imposible respectiva", se establece en la norma.

De esta forma, se concede un reconocimiento jurídico a la comercialización contraviniendo normas de organismos nacionales específicos dedicados a la protección de la salud humana como son el Ministerio de Salud y la Anmat quienes se han expresado en sentido contrario a la comercialización de este tipo de productos, siguiendo los lineamientos de organismos internacionales que desaconsejan su uso dada la nocividad intrínseca de estos productos, detalló el informe.

"Se trata de no retroceder y perder todo el terreno ganado en materia de lucha contra el tabaco y contra la adicción a la nicotina. No creo que sea legítimo en la búsqueda de lograr el equilibrio fiscal legalizar y gravar con impuestos productos cuya comercialización desaconsejan los organismos de salud especializados nacionales e internacionales", sostuvo Martello.

Además denunció que "una actividad meramente recaudatoria no puede dejarse de lado la manda instituida en el artículo 42° de nuestra Constitución Nacional la cual establece y garantiza el derecho de los consumidores a la protección de su salud, seguridad e información, poniendo en cabeza de las autoridades la responsabilidad y la obligación de proveer la debida protección de estos derechos".

En el texto enviado por el Gobierno al Congreso también se sube el impuesto interno a los cigarrillos, pasando del 70 al 73%: "Los cigarrillos, tanto de producción nacional como importados, tributarán sobre el precio de venta al consumidor, inclusive impuestos, excepto el impuesto al valor agregado, un gravamen del setenta y tres por ciento (73%)", dice el escrito. Y agrega: "Los cigarrillos de producción nacional o extranjera deberán expenderse en paquetes o envases en las condiciones y formas que reglamente el Poder Ejecutivo Nacional".

Con información de Télam

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