Un hombre fue condenado a 12 años de prisión en la provincia de Jujuy por abusar sexualmente de una niña con la que convivía en un domicilio, informaron hoy fuentes judiciales.
El Tribunal con Función de Juicio, integrado por los jueces María Margarita Nallar, Ana Carolina Pérez Rojas y Mario Ramón Puig, impuso la pena a J.E.R (según sus siglas) por ser autor penalmente responsable del delito de "Abuso sexual con acceso carnal agravado por la convivencia, varios hechos, en concurso real".
Los magistrados, además, ordenaron el inmediato traslado del imputado desde el lugar donde se encuentra detenido hacia el Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento e incorporación al régimen de progresividad de la pena.
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Asimismo, resolvieron que, una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan los perfiles genéticos de J.E.R. a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Según la requisitoria de la Fiscalía, los abusos ocurrieron desde febrero de 2018 y hasta noviembre de 2019 en un domicilio ubicado en la ciudad de El Carmen, en el sur de la provincia.
El acusado aprovechó la situación de convivencia con una menor (que en aquel entonces tenía entre 8 y 9 años de edad) y la abusó sexualmente en varias oportunidades.
En esos momentos, el sujeto le dijo a la niña que no contara lo sucedido a nadie, sino "mataría a su mamá o a su papá", según la acusación.
La Fiscalía refirió que "estos hechos de abuso también se habrían producido en otras dos oportunidades más y en el mismo espacio temporal".
En los alegatos, la fiscal Romina Núñez, solicitó la pena de 18 años de prisión para el acusado, a lo que adhirió la querella particular (patrocinantes del padre de la niña).
En tanto, la defensa del acusado, ejercida por el Defensor Público Penal Mario Contreras y perteneciente al Ministerio Público de la Defensa, pidió la absolución por el beneficio de la duda o bien la condena sin los agravantes de la convivencia, que según consideró el letrado, no estaba demostrado.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido en el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
Con información de Télam