Saintout calificó de "logro histórico" la ley que reconoce a las salas de teatro independiente

30 de mayo, 2023 | 19.40

La presidenta del Instituto Cultural bonaerense, Florencia Saintout, calificó hoy de "logro histórico" la reglamentación de la normativa que promueve la habilitación y el reconocimiento de salas de teatro independiente, centros culturales y espacios culturales alternativos en la provincia.

"Es un logro histórico para el sector después de una larga lucha y ardua militancia", dijo la funcionaria en referencia a la ley 15.302 que fue reglamentada ayer tras su publicación en el Boletín Oficial.

La funcionaria consideró que "esto es un derecho adquirido porque, desde hoy, no hay vuelta atrás".

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"Es valorar y reconocer plenamente la identidad de estos espacios como sujetos culturales, una reivindicación justa que fortalece a quienes construyen diariamente lazos sociales y promueven la cultura en nuestras comunidades. Es un punto de inflexión y también un punto de partida. Un camino hacia la profesionalización y formalización", completó.

La normativa ofrece a los municipios que aún no tengan ordenanzas específicas la posibilidad de suscribir un convenio para regular la habilitación de estos espacios con capacidad de hasta 300 personas y no podrá ir en ningún caso en detrimento de las disposiciones locales ya existentes.

De acuerdo al decreto 757/2023, el Instituto Cultural oficiará de Autoridad de Aplicación, es decir, será el organismo autorizado para dictar normas complementarias para el cumplimiento de la Ley y acompañar su correcta implementación.

"El Instituto Cultural podrá desarrollar programas de asesoramiento, apoyo y asistencia. Asimismo, podrá realizar convenios con organismos provinciales y municipales", explicó el texto de la norma.

La ley, que había sido sancionada en 2021, contempla a las salas y espacios de teatro independiente, los centros culturales y los espacios culturales alternativos y dispone los requisitos y condiciones para su habilitación.

Así, se considerarán salas y espacios teatrales independientes a los establecimientos que tengan a la actividad escénica teatral como actividad principal, y se clasifican en Clase "A" hasta 50 localidades; Clase "B" desde 51 a 120 localidades; y Clase "C" desde 121 a 300 localidades.

En tanto, los centros culturales son entendidos como espacios no convencionales y/o experimentales o multifuncionales en los que se realicen manifestaciones artísticas de cualquier tipología que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, danza, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes.

En dichos establecimientos pueden realizarse ensayos, seminarios, charlas, talleres, clases y/o cualquier actividad de carácter formativa relacionada con todas las manifestaciones tangibles e intangibles del arte y la cultura. Dichas actividades pueden ser realizadas en cualquier parte del establecimiento.

A la vez, los espacios culturales alternativos, son los que tienen una capacidad máxima para 300 asistentes y una superficie máxima de 500 metros cuadrados de superficie cubierta, en el que se realicen exposiciones de arte, proyecciones audiovisuales y de multimedia, radio digital, manifestaciones artísticas con participación real y directa de creativos y artistas, y todas las actividades autorizadas para los teatros independientes, peñas, milongas, clubes de música en vivo y centros culturales.

El decreto establece que el expediente de habilitación de las actividades será iniciado por ante Secretaría de Cultura Municipal, que finalizará el trámite emitiendo la Resolución que autorice su funcionamiento.

Con información de Télam