El Gobierno apeló ante los tribunales de Nueva York el fallo de la jueza Loretta Preska, que obliga al país a pagar una indemnización de 16.000 millones de dólares por la nacionalización de la petrolera YPF en 2012, sosteniendo que el caso tiene que ser juzgado en el país y que se “inflaron enormemente” los daños de los demandantes. El escrito fue presentado el jueves por los abogados que representan al país, pero sus detalles se dieron a conocer este viernes.
La línea de la apelación, el primer avance en el caso bajo el gobierno de Javier Milei, sigue la misma argumentación de la defensa del Estado argentino durante las administraciones de Cristina Fernández de Kirchner, Mauricio Macri y Alberto Fernández. En el documento, Argentina pidió a la instancia de apelación que revierta el fallo del tribunal de Preska, el cual “aplicó erróneamente la legislación pública y privada argentina al respaldar los reclamos de los demandantes”.
La apelación presentada el jueves sigue la misma argumentación que la defensa del Estado Argentino durante las administraciones anteriores. “El tribunal otorgó el fallo a favor de los demandantes, interpretando preguntas complejas de la ley argentina y, en su mayoría, estableciendo nueva jurisprudencia argentina a favor de los demandantes en casi todos los aspectos”, señalaron en el escrito los abogados del estudio Sullivan & Cromwell, que continúan representando a la Argentina.
MÁS INFO
El Estado argentino argumentó que la demanda “nunca debería haber llegado a un tribunal de Nueva York” y que debió haberse realizado en el país. “El demandado es la República Argentina, los eventos en cuestión ocurrieron exclusivamente dentro de Argentina, y todos están de acuerdo en que las demandas deben ser analizadas únicamente a través del prisma de la ley argentina”, indica el documento, divulgado en X (ex Twitter) por Sebastián Maril, director regional de la consultora Latam Advisors, quién sigue de cerca el caso.
La demanda
Los demandantes (Buford Capital y Eton Park) iniciaron la demanda por la forma en que el Estado nacionalizó la petrolera al comprar el 51 por ciento de las acciones de Repsol sin realizar a los demás accionistas una Oferta Pública de Adquisición, tal como figuraba en el estatuto definido en 1993 durante la privatización impulsada en la presidencia de Carlos Menem.
Los estatutos señalan que cuando algún accionista se hace cargo del 51 por ciento de las acciones –tal como sucedió cuando el Estado y las provincias se hicieron de la participación de Repsol- se debía realizar una oferta al resto. En abril de 2015, Burford compró en una subasta en España los derechos de litigio por 16 millones de dólares a Petersen Energía, de la familia Eskenazi, que había adquirido el 25,4 por ciento de YPF a Repsol entre 2008 y 2011 y que presentó la demanda poco después de quebrar.
Burford se quedaría con el 70 por ciento de la indemnización y el 30 por ciento sería para Petersen y sus acreedores. El escrito sostiene que se “aplicó erróneamente la legislación pública y privada argentina al respaldar los reclamos de los demandantes”. Respecto a este punto, al ser un caso que debería juzgarse en el país, los abogados señalaron que “el sistema legal civil de la Argentina no reconoce una demanda por incumplimiento de contrato y daños por parte de un accionista contra otro por violación de los estatutos corporativos” y que el Código Civil argentino “limita estrictamente la concesión de indemnizaciones pecuniarias (en dinero)” a menos que el cumplimiento “sea imposible o el contrato haya sido terminado”.
Del mismo modo, señalaron que el Estado se hizo cargo oficialmente de las acciones de Repsol en 2014 cuando pagó la operación, momento en el cual el demandante (Petersen Energía) ya no tenía acciones en la firma. En ese sentido, los abogados plantearon qué hubiera ocurrido en un caso a la inversa contra Estados Unidos. “Si un tribunal extranjero permitiera a los demandantes demandar al gobierno de los Estados Unidos bajo la ley estadounidense por conductas que ocurrieron en los Estados Unidos, creara una causa no previamente reconocida por los tribunales estadounidenses, y luego dictara un fallo de más de US$ 2 billones (la proporción equivalente del gasto federal de los Estados Unidos el año pasado), el gobierno de los Estados Unidos, el sistema legal estadounidense y la comunidad internacional estarían justamente shockeados”, enfatizaron.
“Si un tribunal extranjero permitiera a los demandantes demandar al gobierno de los Estados Unidos, el sistema legal estadounidense y la comunidad internacional estarían justamente shockeados”. Además de la problemática de la jurisdicción y los “errores sobre el fondo” del fallo de Preska, Argentina considera que su tribunal “infló enormemente los daños de los demandantes”.
“El tribunal debería haber convertido los daños de pesos argentinos a dólares estadounidenses utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha del fallo, el 15 de septiembre de 2023”, sostiene el texto, que cita a la legislación de la justicia neoyorquina. Al mismo tiempo, se señala que aplicó una “fecha incorrecta” para el presunto incumplimiento y una “tasa de interés errónea” para el cálculo previo al fallo, siguiendo la Ley argentina.
Tras la presentación de la apelación por parte de la Argentina, el 25 de marzo próximo harán lo mismo los demandantes, quienes rechazaron el fallo de Preska de septiembre último por haber eximido de responsabilidad a YPF e incluir únicamente al Estado, pese a que la cifra reclamada –calculada entre 12.000 millones y 17.000 millones de dólares con intereses- resultó similar a la de la sentencia. Una vez presentadas la apelación de ambas partes, se estima que la cámara no se expedirá hasta después de septiembre.