Ampliaron la capacidad en trenes y micros de media y larga distancia

La medida fue oficializada a través de una resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial que determina que el transporte de media y larga distancia podrán operar con capacidad total mientras o con un límite del 80%.

23 de agosto, 2021 | 08.20

Ante el avance del Plan Estratégico de Vacunación contra el COVID-19 en la Argentina y el descenso de los contagios, el Gobierno nacional amplió la capacidad máxima de pasajeros habilitada en trenes y colectivos de media y larga distancia. La medida fue oficializada a través de la Resolución 289/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Transporte, Alexis Guerrera.

La ampliación de la capacitación de pasajeros beneficia principalmente a las empresas que operan “los vehículos afectados a la prestación de servicios de transporte automotor interurbano”. Es que, según detalla la nueva normativa, a partir de este lunes, los micros de las categorías “Común”, “Común con Aire” y “Semi Cama” podrán tener una ocupación de hasta el 80% de sus butacas disponibles, mientras que los de categorías “Cama Ejecutivo” y “Cama Suite” estarán autorizados a circular con “plena ocupación”. En tanto, no se permitirá personas viajando “de pie”.

Amplían capacidad en colectivos de larga distancia by Gimeluz Figueroa on Scribd

“En todos los casos deberán extremarse las medidas para un mejor distanciamiento social en el interior de los vehículos", remarca la resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial tras el pedido de la Asociación Argentina de Empresarios del Transporte Automotor (A.A.E.T.A.) al Ministerio de Transporte para ampliar la capacidad autorizada de pasajeros. 

Mientras que respecto a los trenes interurbanos, la nueva normativa precisó que los mismos deberán limitar la capacidad al 80% por cada coche en servicio, por lo que se habilitó un 20 por ciento más del espacio total en los vagones.

Medidas de seguridad en micros de media y larga distancia

En este marco, la resolución asegura que “es ostensible que la plena ocupación” para las categorías Cama Ejecutivo y Cama Suite “no afecta en modo alguno las medidas de distanciamiento y demás previsiones dirigidas a la preservación de la seguridad sanitaria del público usuario".

"Y, por el contrario, sí contribuye de manera relevante en la optimización del uso de ese material, provocando que su utilización no repercuta de manera deficitaria sobre la economía de las empresas y contribuya asimismo a la satisfacción de la demanda pública”, agrega. 

En tanto, entre los considerandos de la Resolución publicada este lunes, las autoridades nacionales enfatizaron en que “de acuerdo a la situación epidemiológica, sanitaria y de coberturas de vacunación, se puede evaluar la habilitación paulatina y controlada de actividades y aforos”.

En tanto, recordaron que los operadores de los servicios de transporte “están obligados a extremar activamente los recaudos para prevenir la propagación del coronavirus COVID-19 en cumplimiento del conjunto de medidas y recomendaciones necesarias para brindar a las usuarias y usuarios y a las trabajadoras y trabajadores de la actividad las mejores condiciones de salubridad”.