El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) rechazó las cartas documentos enviadas por la empresa Telecom a los miembros de su directorio, y exhortó a la firma a cesar toda acción intimidatoria y amenazante.
Según el ente regulador, Telecom había amenazado por carta documento a los integrantes del directorio del organismo para que no aprueben una resolución preliminar que otorga un plazo de 30 días a Personal, Movistar y Claro, para que den acceso a sus redes a la firma Telecentro como Operador Móvil Virtual (OMV).
"Siendo Ud. miembro del directorio del Enacom, le hacemos saber que le reclamaremos civilmente en forma personal todas y cada uno de los perjuicios y gastos que le ocasionará a Telecom, con su participación en esta decisión", sostuvo el representante legal de la empresa en la carta documento enviada a cada uno de los miembros del directorio.
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El párrafo final del texto advierte que también denunciarán ante la Justicia Penal Federal "la comisión de los delitos tipificados en los artículos 248 y 265 del Código Penal".
Para Telecom, la carta documento no constituye una amenaza sino un aviso sobre una posible comisión de delitos, indicaron a Télam fuentes del grupo.
La reunión del directorio en cuestión fue presidida por Gustavo López, y participaron en ella Gonzalo Quilodrán, Alejandro Gigena, Florencia Pacheco y los opositores Silvana Giudice y Jose Corral.
A través de la Resolución Sintetizada 897/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Enacom difundió un acta -aprobada el pasado miércoles- en la cual rechazó la carta documento.
El ente consideró que la carta es extemporánea al ser notificada el día 19 de mayo, un día después de la reunión de directorio en la cual se aprobó la resolución.
Del mismo modo, tildó como falaces, maliciosas e improcedentes las conductas que Telecom le atribuyó al directorio, y rechazó el argumento de la empresa en el cual señalaron que el Enacom carece de facultades para ordenar a las empresas el acceso de Telecentro como OMV.
En ese marco, citaron la Resolución 38/2014 de la Secretaría de Comunicaciones, la Resolución 38/2016 del ex Ministerio de Comunicaciones y la Ley 27.078 que habilitan al Enacom a intervenir cuando las partes no logren llegar a acuerdos sobre los términos del acceso a la red.
No resulta razonable la conducta del Administrado toda vez que cuando no se siente perjudicado por las disposiciones que estipula el mentado Reglamento se somete voluntariamente y sin oposición al procedimiento allí establecido, sin embargo, cuando considera que la decisión a la que finalmente se arribaría podría no satisfacerle, lo tacha de nulidad absoluta, indicó el Enacom.
El organismo regulador señaló que las cartas enviadas por Telecom tuvieron la intención de condicionar la voluntad de una persona de manera individual, y rechazó la configuración de los delitos indicados.
Exhorto a vuestra firma al cese de toda acción intimidatoria y amenazante bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que correspondan, concluye el documento que lleva la firma del presidente del Enacom, Claudio Ambrosini.
Con información de Télam