El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) anunció este martes que deberá resarcir a algunos clientes de Edenor con más de 91.000 pesos producto de errores en la facturación del servicio eléctrico. La medida fue establecida a través de dos Resoluciones colectivas de la División de Gestión de Reclamos y alcanza a 320 personas usuarias, las cuales recibirán un total de 91.876 pesos cada una.
No se trata necesariamente de una compensación a través de las próximas facturas, sino que las Resoluciones establecen que Edenor deberá acreditar, dentro de los próximos 10 días hábiles administrativos, la suma de 91.876 pesos en la factura de cada persona usuaria, pudiendo estas solicitar el cobro en efectivo o mediante una transferencia bancaria. Además, la empresa deberá eliminar todos los intereses y recargos generados como consecuencia del error en la facturación.
"En todos los casos analizados, el Ente Regulador verificó que la empresa distribuidora no había dado una respuesta adecuada ni oportuna a los reclamos realizados por los usuarios. También se constató que Edenor no había brindado la información suficiente con la frecuencia prevista en el régimen tarifario ni la anticipación correcta, según lo establecido en el Reglamento de Suministro", explicó el ENRE en un comunicado.
Además, el organismo recordó que "a mediados de agosto pasado, emitió una resolución colectiva mediante la cual hizo lugar a 156 reclamos de usuarios de Edesur luego de haber confirmado errores en la facturación del servicio y una deficiente respuesta por parte de la empresa distribuidora" y que "a través de esa medida el Ente determinó resarcimientos por 89.972 pesos para cada persona usuaria".
La nueva normativa del ENRE para Edenor y Edesur
El Ente Nacional Regulador de la Energía (ENRE) ordenó a las distribuidoras eléctricas del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), Edenor y Edesur, agilizar reclamos, fomentar la inscripción en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y corregir imprecisiones en las liquidaciones del servicio sin necesidad de que medie reclamo alguno por parte del usuario.
Lo hizo a través de la resolución sintetizada 630/2023 publicada a inicios de septiembre en el Boletín Oficial, donde hizo una síntesis del alcance de las instrucciones que el organismo impartió en 19 notas emitidas durante el último año.
Allí precisó que las distribuidoras tienen un plazo de diez días hábiles administrativos desde la notificación de la medida para presentar sendos informes "en un lenguaje claro". Una vez que el organismo los apruebe, las prestatarias deberán difundirlos en sus oficinas de atención al público, en sus sitios web y en medios de comunicación.
En las notas referidas, el ENRE impartió instrucciones destinadas a agilizar los reclamos por falta de suministro eléctrico, independientemente del canal utilizado por el usuario (aplicaciones de mensajería, redes sociales, etc).
Las distribuidoras deben otorgar en todos los casos un número de reclamo o realizar la reiteración de uno existente en caso de corresponder. Además, cuando notifiquen a usuarios sobre una afectación en el servicio eléctrico, deben informarles también que pueden reclamar por cualquiera de los canales habilitados.