La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido un nuevo marco para que empleadores y trabajadores puedan declarar y acceder a la suma fija de $60.000 que fue anunciada por el ministro Sergio Massa durante el fin de semana pasado.
Este bono, destinado a trabajadores privados y estatales, se enmarca en una serie de medidas económicas que buscan aliviar la carga financiera tras la devaluación ocurrida tras las PASO. En este artículo te contamos cómo tenés que hacer si sos empleador para luego pedirle a la AFIP la devolución.
De cuánto es la suma fija y el anuncio de la AFIP
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha tomado la iniciativa de reglamentar el proceso para declarar la suma fija de $60.000, un bono destinado tanto a trabajadores del sector privado como a empleados estatales. Este procedimiento se oficializó a través de la Resolución general 5413, que no solo establece las pautas para la declaración de este bono sino que también adapta los sistemas informáticos de la entidad para facilitar el proceso.
Una de las características más importantes de esta resolución es la absorción por parte del Estado de ciertos costos relacionados con el pago a cuenta de contribuciones. Esta medida beneficia especialmente a las Microempresas (100% de absorción) y a las Pequeñas Empresas (50% de absorción), permitiendo así un alivio financiero significativo para estos sectores.
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El Gobierno ha sido claro en su comunicado: el bono de $60,000 se efectuará en dos pagos durante los meses de agosto y septiembre del año en curso. Este beneficio está destinado a trabajadores que cuenten con salarios netos de hasta $400,000 mensuales. Además, es importante destacar que esta suma será absorbible por futuras negociaciones paritarias, lo que significa que no se sumará como un incremento permanente al salario del empleado.
En este contexto, el cuarto párrafo del Considerando de la resolución especifica que los empleadores deben seguir un procedimiento particular. Este se rige por la Resolución General N° 3.834 (DGI), texto sustituido por la Resolución General N° 712 y sus modificatorias y complementarias, así como de la Resolución General N° 3.960 y sus modificatorias. La normativa también establece beneficios para las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con un Certificado MiPyME vigente. Estas empresas podrán computar las sumas abonadas en concepto de la asignación no remunerativa a cuenta del pago de sus contribuciones patronales. Esto abarca contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares.
Cómo declarar la suma fija ante la AFIP para pedir la devolución
Finalmente, el ministro de Economía, Sergio Massa, ha anunciado que el Estado financiará entre el 50% y el 100% de la suma fija para los trabajadores. Este financiamiento se descontará de las contribuciones patronales, lo que representa un esfuerzo conjunto entre el sector público y privado para aliviar la carga financiera de los trabajadores en estos tiempos difíciles. Con este marco regulatorio ampliado, la AFIP busca no solo facilitar el acceso al bono sino también incentivar a las empresas a cumplir con esta obligación, ofreciendo beneficios y facilidades que resultan cruciales en el actual contexto económico del país.
Para aquellos empleadores que se caracterizan con el código "272 - Microempresas Ley 25.300" o "274 - Pequeñas Empresas Ley 25.300", es necesario contar con un Certificado MiPyME vigente al 31 de agosto para hacer uso del beneficio de absorción de costos estatal de contribuciones patronales.
Es importante tener en cuenta que las Micro y Pequeñas Empresas con Certificado MiPyME podrán computar las sumas abonadas a cuenta del pago de sus contribuciones patronales. Esto incluye contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares.