En medio del debate por la segmentación de tarifas, prorrogan beneficios para pymes

Fue mediante una resolución conjunta publicada este lunes en el Boletín Oficial que los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo determinaron la prórroga de la medida hasta el 31 de diciembre del 2024.

07 de febrero, 2022 | 09.40

En medio de debate por la segmentación de las tarifas de servicios de energía en busca de reducir los subsidios, el Gobierno nacional prorrogó este lunes los descuentos y beneficios sobre los precios estacionales a empresas caracterizadas como grandes demandas de distribuidores, y sobre el precio medio de compra aplicable a cada usuario para aquellas caracterizadas como grandes usuarios directos del mercado eléctrico mayorista (MEM).

Fue mediante la resolución conjunta 2/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial, los ministerios de Economía y Desarrollo Productivo determinaron la prórroga hasta el 31 de diciembre del 2024 de la resolución conjunta 1/17 del ex Ministerio de Energía y Minería y del ex Ministerio de Producción. Se trata de industrias textiles y manufactureras denominadas electrointensivas.

Se prorrogaron los beneficios de energía eléctrica a pymes con gran demanda by Gimeluz Figueroa on Scribd

Dicha disposición establecía, en el marco de los aumentos exponenciales de las tarifas de luz, descuentos "sobre los Precios Estacionales de Referencia para empresas caracterizadas como Grandes Demandas de Distribuidores, y sobre el precio medio de compra aplicable a cada usuario para aquellas caracterizadas como Grandes Usuarios Directos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)".

En tanto, la actual resolución argumenta que "el conjunto de empresas productivas beneficiarias del programa se caracteriza por desempeñarse en sectores manufactureros que hacen un uso de la energía eléctrica superior a otros subsectores, si se compara su gasto en demanda de potencia y consumo de energía eléctrica con (i) el total de sus gastos directos, (ii) con el total de su valor agregado, o (iii) con el valor del total de sus ventas".

En este marco, en el artículo 4 remarca que "las empresas que resulten beneficiarias del precio diferencial deberán acreditar anualmente ante la Autoridad de Aplicación un consumo específico de energía eléctrica en la producción igual o superior a 5 KWh por cada Kg de producto elaborado, considerando la totalidad de los productos elaborados en un mismo establecimiento".

Cuáles son requisitos a cumplir por las empresas productivas manufactureras

1) Presentar constancia de inscripción vigente en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en la sección C -INDUSTRIA MANUFACTURERA- del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)

2) Acreditar que durante los TRES (3) meses anteriores a la fecha de su presentación ha alcanzado en promedio un consumo específico de energía eléctrica en la producción igual o superior a CINCO (5) KWh por cada Kg de producto elaborado. 

3) Haber registrado una demanda máxima de potencia superior a DIECISIETE (17) MW en promedio, durante los TRES (3) meses anteriores a la fecha de su presentación.

4) Poseer vinculación directa a las redes de alta o media tensión (mayor o igual a TRECE COMA DOS (13,2) KV.

5) Acreditar la condición de Agente GUMA (Gran Usuario Mayor) en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).