Milei vetará la ley de financiamiento universitario, pero gastará cuatro veces más por Bienes Personales

El Senado convirtió el proyecto en ley esta madrugada por más de dos tercios de los votos. Cuál es el impacto fiscal exacto.

13 de septiembre, 2024 | 10.25

El Senado convirtió en ley, este viernes por la madrugada, el financiamiento a las universidades, que será vetado por el presidente, Javier Milei, para no gastar recursos por un 0,14% del PBI. Sin embargo, esta cantidad se empequeñece al compararla con las exenciones en el impuesto a Bienes Personales, que se sancionó en junio e implica recursos fiscales por una cantidad cuatro veces mayor.

El financiamiento universitario fue sancionado con 57 votos afirmativos contra solo 10 negativos y una abstención, es decir, sobrepasando incluso los dos tercios. Los votos positivos fueron de la Unión Cívica Radical, el kirchnerismo, bloques federales y solo dos senadores del PRO. Los 10 restantes negativos fueron aportados por los siete senadores de La Libertad Avanza y tres del PRO, que también sumó la abstención.

Así, se convirtió en ley el proyecto impulsado por el radicalismo, ya que había recibido media sanción de la Cámara de Diputados a mediados de agosto pasado con 143 votos a favor, 77 en contra y una abstención.

La nueva ley generaría, de no ser vetada, un impacto fiscal de 735.598 millones de pesos, lo que implica el 0,14% del PBI, según había informado la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC). El texto sancionado obliga al Poder Ejecutivo a actualizar las partidas presupuestarias para cubrir gastos de funcionamiento, investigación y extensión en las universidades, y fija que cada dos meses el Gobierno deberá ajustar los presupuestos de las Universidades acuerdo a la inflación.

Según la OPC, la actualización de partidas del 2023 según el IPC es de 210.742 millones de pesos; el ajuste bimestral de los recursos para 2024 es de 86.254 millones de pesos, en tanto que para salarios los fondos oscilan en los 441.600 millones de pesos.

De todos modos, todo hace prever que estos recursos no serán consumidos porque, según anticipó el Gobierno, la flamante ley será vetada. "El Presidente dijo que para todo lo que tenga intención de destruir el equilibrio de las cuentas públicas, se usarán todas las herramientas para evitarlo", había afirmado el vocero presidencial, Manuel Adorni, al ser consultado sobre este punto a mediados de agosto, luego de que el financiamiento universitario recibiera media sanción en Diputados.

Sin embargo, lo cierto es que esta cifra es mucho menor que la que el Gobierno deberá gastar por la sanción y reglamentación de los beneficios en materia de Bienes Personales, incluidos en el paquete fiscal que fue convertido en ley a fines de junio pasado.

Según la OPC, los recortes en la alícuota de este impuesto para contribuyentes cumplidores de los últimos períodos fiscales implican que el Estado deje de recaudar recursos por un 0,61% del PBI. Es decir, este beneficio para sectores altos conlleva un gasto 4,3 veces mayor que el de la ley de financiamiento universitario.

Cómo funciona el beneficio en Bienes Personales para contribuyentes cumplidores

A fines de julio pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el beneficio para contribuyentes comprendido en la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. El organismo conducido por Florencia Misrahi instrumentó la rebaja en el impuesto sobre los bienes personales para quienes cumplieron con la totalidad de sus obligaciones en los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022 y responsables sustitutos que se encuadren en la categoría de pymes.

La Resolución General 5535/2024 estableció para las personas obligadas a presentar las declaraciones juradas determinativas del impuesto a los bienes personales una reducción en las alícuotas por los próximos tres períodos, siempre que no hayan exteriorizado activos en el régimen de regularización vigente.

Para calificar como contribuyente cumplidor deberá haber presentado y cancelado en su totalidad antes del 31 de diciembre de 2023, si estuviera obligado, las declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales relativas a los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022. De esta manera, quienes cumplan con estos requisitos tendrán una reducción en sus alícuotas de 0,5 punto porcentual respecto al esquema vigente durante 2023, 2024 y 2025. Para los responsables sustitutos, la alícuota será del 0,375%.

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