Uno de los capítulos centrales del DNU que firmó Javier Milei este jueves es el de la salud. Medidas como la liberación de las cuotas de las prepagas, los cambios en los regímenes de las obras sociales, la derogación de la ley que declara de "interés público" a los laboratorios y la posibilidad de vender medicamentos fuera de las farmacias suponen una fuerte desregulación del sector con un perjuicio directo para los usuarios y con un correlato en precios que ya está teniendo lugar.
El marco de estas medidas es la declaración de extensión de la emergencia sanitaria hasta 2025, luego que el gobierno previo hubiera prorrogado ese mismo marco por un año a fines de 2022, amparándose en el contexto de la post pandemia.
Por un lado, el Gobierno decretó derogar los artículos de la Ley 26.682, sancionada en 2011, que establecía "revisar los valores de las cuotas" de las empresas de medicina prepaga, liberando su precio. En este sentido, el DNU de Milei también derogó el decreto 743/22, que establecía un tope a los aumentos mensuales que las prepagas le podían cobrar a sus afiliados, según el índice de costos de salud y el promedio salarial del RIPTE.
El impacto de estas medidas fueron inmediatos. Este mismo jueves, Claudio Belocopitt, titular de Swiss Medical y presidente de la Unión Argentina de Salud, adelantó en una entrevista radial que las cuotas de esa prepaga aumentarán entre un 40 y un 50% este mes. El objetivo, claro está, es aprovechar el momento anticipándose a una posible judicialización o incluso derogación del decreto, teniendo en cuenta que los efectos ocurridos en su vigencia se mantendrán en cualquier caso.
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En paralelo, el DNU también supone una desfinanciación directa de los sindicatos más allá de todas las desregulaciones en materia laboral propiamente dichas. En este sentido, incorporó a las obras sociales al régimen de las prepagas, lo que implica que cada trabajador registrado podrá decidir a dónde derivar sus aportes sin tener a la propia obra social como intermediaria. Hasta este momento, la obra social retenía un porcentaje de esas derivaciones.
La desregulación de la venta de medicamentos
Pero el perjuicio no es solo para los clientes de las prepagas o para los sindicatos sino para todos los pacientes. Otro punto del DNU es la derogación de la ley 27.113, que declaraba "de interés nacional y estratégica" la actividad de los laboratorios públicos. De ese modo, suprimió la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP) creada por esa misma ley, que permitía establecer decisiones estratégicas sobre la producción de medicamentos desde el Ministerio de Salud.
La desregulación de la comercialización de medicamentos va mucho más allá. Otro punto clave es la eliminación de la obligación de que los fármacos sean vendidos únicamente en farmacias habilitadas. Los farmacéuticos advirtieron que "ya se ha demostrado en el pasado que (la medida) genera riesgo sanitario y automedicación, además de la elevación de los precios", según afirmó CEPROFAR en un comunicado.
Otro punto polémico, que recibió la queja del colegio de farmacéuticos, es el hecho de que se dejará de exigir la presencia de un farmacéutico en el control y dispensa de las farmacias. En este punto la entidad conducida por Rubén Sajem, expresó que se estará "privando a la comunidad de su función esencial en el asesoramiento y seguimiento de los tratamientos de los pacientes".
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Los farmacéuticos también son eliminados como intermediarios debido a que el nuevo DNU también habilita a que los laboratorios entreguen los medicamentos a través de determinadas droguerías. Para CEPROFAR, "no permitiría la libre elección por parte de los pacientes para acceder a sus medicamentos". Además, bajo el nuevo marco legal los medicamentos dejarán de venderse de forma personal y pasarán a poder venderse en góndolas, lo que, según señaló la entidad farmacéutica, "fomenta la automedicación".
Al contrario, Sajem admitió, en diálogo con El Destape, que hay dos puntos específicos del DNU en materia de medicamentos que sí son "positivos": la obligatoriedad de que las recetas médicas se realicen por el nombre genérico del medicamento y la habilitación de las recetas digitales y electrónicas. Aunque agregó que habría que monitorear que, con la venta genérica, la intención no sea "generar beneficios para las cadenas de farmacia en cuanto a los medicamentos que a las cadenas les convenga vender".
De todos modos, CEPROFAR adelantó que hará "las presentaciones legales necesarias para respaldar la orientación sanitaria de las normativas que se refieran a nuestra área profesional, resguardándola de intereses mercantiles".