El Gobierno fijó oficialmente los nuevos valores de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal de casas particulares, que tienen vigencia para los ingresos de abril y mayo en todo el territorio nacional. La medida se formalizó por medio de la Resolución 3/2024 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, publicada este martes en el Boletín Oficial.
El incremento salarial había sido acordado en una reunión de las representaciones sectoriales que integran esa Comisión Nacional realizada el 24 de abril último. En ese momento, se fijó un aumento a concretarse de la siguiente manera: 11% a partir del 1° de abril del 2024 con base en los salarios mínimos negociados para marzo de 2024 y 7% a partir del 1° de mayo con base en los salarios mínimos negociados para abril, con cláusula de revisión para junio.
Las remuneraciones mínimas para las empleadas domésticas son, tal como lo dice su nombre, los mínimos legales que deben pagarse a las trabajadoras o trabajadores a cambio de su tarea. Este salario se puede modificar según la demanda y las regulaciones del mercado laboral. Hay una remuneración mínima tanto para la modalidad “sin retiro” como para la “con retiro” y también se especifica una remuneración por hora y otra mensual.
Estas remuneraciones de empleadas domésticas, que pueden consultarse en las páginas oficiales del sector, indican los mínimos legales y solo funcionan como una referencia. En muchas ocasiones, el salario de mercado es más elevado. De este modo, el haber de un supervisor, para los haberes de mayo, quedó establecido en $2.800 por hora y $349.374 por mes con retiro, y de $3.067 por hora y $389.163 por mes sin retiro.
El personal para tareas específicas tiene ahora un salario de $2.651 por hora y de $324.588 por mes sin retiro, y de $2.907 por hora y de $361.322 con retiro. Por su parte, los caseros percibirán este mes $2.504 por hora y $$316.388 por mes; los mismos haberes correrán para el personal con retiro que se dedica a la asistencia y cuidado de personas. En este último caso, el personal sin retiro percibirá $2.800 por hora y $352.915 por mes.
Por último, el personal para tareas generales tendrá un haber de $2.322 por hora y $284.794 por mes con retiro, y de $2.504 por hora y de $316.388 por mes, sin retiro. Como es habitual, se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o en el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.