Impuesto a las Ganancias: cuántos trabajadores pagarán el impuesto, provincia por provincia

Con el texto borrador de la ley que empezó a circular el Gobierno, más de un millón de trabajadores tendrán que volver a estar dentro de este esquema impositivo.

10 de abril, 2024 | 20.09

El Gobierno presentó el nuevo proyecto de Ley Ómnibus, en el cual se incluye el nuevo piso para el Impuesto a las Ganancias para un trabajador con o sin hijos, escalas progresivas y la actualización por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según datos del gobierno de La Pampa, 1.100.000 trabajadores tendrán que pagar el impuesto.

Según surge de los cambios en el nuevo proyecto que se tratará en el Congreso, con la actualización por inflación de octubre último sobre las escalas vigentes hasta septiembre de 2023, el mínimo no imponible para un soltero será de 1.800.000 pesos de ingreso bruto, equivalente a 1.494.000 pesos netos; mientras que para un casado con dos hijos el piso será de 2.300.000 pesos brutos (1.981.278 pesos netos). Otra de las novedades que traería el Impuesto a los Ingresos Personales, tal como se denominará si se aprueba el proyecto en el Congreso, es que su actualización sería por IPC, es decir mediante una fórmula atada a la inflación. 

Provincia por provincia, cuántos trabajadores pagarán Ganancias

  • Buenos Aires: 493.973
  • Ciudad de Buenos Aires: 136.813
  • Catamarca: 7.981
  • Chaco: 8.949
  • Chubut: 21.466
  • Córdoba: 89.369
  • Corrientes: 13.195
  • Entre Ríos: 27.937
  • Formosa: 9.150
  • Jujuy: 9.975
  • La Pampa: 13.408
  • La Rioja: 6.553
  • Mendoza: 39.500
  • Misiones: 15.023
  • Neuquén: 23.296
  • Río Negro: 19.284
  • Salta: 13.464
  • San Juan: 13.142
  • San Luis: 11.507
  • Santa Cruz: 6.872
  • Santa Fe: 84.960
  • Santiago del Estero: 8.066
  • Tucumán: 26.117

El proyecto había generado mucha incertidumbre, especialmente entre los asalariados, dado que muchos que actualmente no pagaban ahora quedarán incluidos por el impuesto. Uno de los puntos más discutidos es el nuevo mínimo no imponible para empleados solteros. Respecto de la actualización, tanto de los montos que definen el llamado mínimo no imponible como de los valores de la tabla de alícuotas, el proyecto contempla un mecanismo de frecuencia anual y según la inflación interanual al mes de octubre.

Dada la inflación de octubre último, la propuesta de mínimo no imponible es diferente a lo que se había planteado en el proyecto original en enero último, donde se incluían actualizaciones trimestrales, que implicaba un piso de 1.200.000 pesos para un soltero.

En cuanto a la deducción por cónyuge, de aprobarse la iniciativa, la propuesta establece que la persona no deberá tener ingresos propios o bien, en caso de contar con ellos, no deben superar los 3.091.035 pesos por todo concepto este año.

La ley propuesta busca además eliminar exenciones existentes en la legislación actual, como la exención impositiva para diferencias entre horas extras y ordinarias en determinados casos laborales. Se mantienen deducciones por gastos específicos, como atención médica o alquileres, lo que busca diferenciar la situación de las personas frente al impuesto según sus circunstancias familiares y gastos personales.