El Ministerio de Trabajo estableció las condiciones que deberán presentarse en el Plan de Recuperación Económica, Productiva y Laboral para ser beneficiario del Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo (Repro), a través de la Resolución 562/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma determina que los planes que se presenten para acceder al Repro deberán contener el motivo de solicitud de acceso al Programa, la causa y la descripción de la crisis económica o productiva, acciones a realizar a fin de superarla, detallando cuáles serán los objetivos y las metas a cumplirse para lograr dicho fin.
También deberán consignar una meta trimestral medible, el detalle de un objetivo anual mensurable, la declaración respecto de la participación de la empresa, manifestando si posee una controlada o vinculada.
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
Además, habrá que presentar declaraciones respecto de la existencia de reducciones de jornadas de trabajo o suspensiones en los últimos tres meses anteriores a la solicitud del beneficio; la participación de la empresa en un Procedimiento Preventivo de Crisis; y la percepción de subsidios de cualquier índole o programas o beneficios por parte del Estado nacional, provincial o municipal.
Del mismo modo, será preciso acompañar toda esta información con el detalle de los principales clientes que representen más del 30% de las ventas, y del monto total mensual de las mismas en pesos y en unidades, y una descripción de la lista de precios de hasta tres productos o servicios en términos de relevancia.
Todo esto deberá completarse con la información de los datos históricos, los cuales deberán surgir de los estados de resultados de los dos últimos balances.
Por su parte, las instituciones educativas privadas que se inscriban al Repro deberán manifestar con carácter de declaración jurada la totalidad de los subsidios percibidos por parte del Estado nacional, provincial o municipal.
Las que perciban un monto total en concepto de subsidio que represente más de un 40% de las remuneraciones totales brutas de sus trabajadores y trabajadoras en el período del mes de referencia, no podrán acceder al Programa.
Por otra parte, se instruyó al Comité de Evaluación y Monitoreo del Repro a evaluar el impacto de los subsidios otorgados por parte del Estado nacional, provincias y municipios a los diversos sectores de la economía, a los fines de determinar las condiciones que deben cumplir para acceder al beneficio.
En otro orden, la nómina de empleadores y empleadoras alcanzados por el Programa será publicada en el sitio web de datos abiertos www.datos.gob.ar.
Con información de Télam