El Gobierno nacional prorrogó hasta el 30 de junio de 2022 la reducción del 100% de las contribuciones patronales de aquellas empresas que se vieron más afectadas durante el cierre de la actividad por la pandemia de COVID-19, y que fueron beneficiarias del programa Repro II.
Fue a través del Decreto 899/2021, firmado por el presidente Alberto Fernández y publicado este miércoles en el Boletín Oficial que se oficializó la prórroga del programa que vencía el próximo viernes 31 de diciembre: “Prorrógase hasta el 30 de junio de 2022, inclusive, la vigencia de las disposiciones del Decreto N° 323 del 8 de mayo de 2021″. En tanto, la asistencia seguirá siendo destinada a los sectores gastronómicos, hoteleros, turísticos y de la Salud, que encuadren en los sectores considerados “críticos”, afectados por la pandemia.
Prorrogan el REPRO II by Gimeluz Figueroa on Scribd
El plan Repro II fue creado en noviembre de 2920 como un programa de asistencia para pagar los sueldos de empleados de las empresas más afectadas por las restricciones por el Covid-19. El Repro II otorga una asistencia de $22.000 para las trabajadoras y trabajadores de empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud y los independientes, en tanto que el subsidio a los sectores no críticos afectados es de $9.000.
La medida oficializada este miércoles, en tanto, consiste en la prórroga hasta el 30 de junio del pago de las cargas patronales que los empleadores tienen que destinar al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). En el decreto se estableció que dichas disposiciones “serán de aplicación para las nuevas relaciones laborales que se inicien desde su vigencia hasta el 30 de junio de 2022, inclusive”.
“Resulta preciso extender los beneficios otorgados por las normas precedentemente señaladas por un plazo mayor, para no afectar la sustentabilidad económica de las unidades productivas y preservar el nivel de trabajo registrado”, argumentó el Gobierno en el decreto que también lleva las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y de los ministros, de Trabajo, Claudio Moroni, y de Economía, Martín Guzmán.
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Asimismo, se menciona que el Poder Ejecutivo, a través del artículo 188 de la Ley N° 24.241, está facultado a reducir las contribuciones patronales destinadas al financiamiento de la seguridad social, únicamente en la medida en que fueran efectivamente compensadas con incrementos en la recaudación del sistema o con aportes del Tesoro Nacional que equiparen dicha reducción.
En este sentido, “el tratamiento diferencial que se prorroga por el presente decreto será compensado con aportes del Tesoro Nacional, con el objetivo de asegurar la sustentabilidad económica y financiera del SIPA, con el fin de no afectar las prestaciones de sus actuales ni futuros beneficiarios o futuras beneficiarias”.