Este miércoles se abrió el plazo para inscribirse al Repro II y habrá tiempo hasta el 31 de agosto para los salarios de este mes de sectores afectados por la pandemia. También comenzó el plazo de inscripción para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes.
EI subsidio del Gobierno asiste a los trabajadores del sector privado que fueron afectados por la pandemia de coronavirus. En esta ocasión, el Gobierno modificó algunas de las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección respecto de las fechas de facturación y la nómina de las empresas que busquen acceder al beneficio de Repro II.
La medida, Resolución 488/2021, establece que la inscripción al programa para el período correspondiente a los salarios devengados durante este mes, “estará comprendido entre el 25 de Agosto y el 31 de Agosto de 2021 inclusive”.
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El mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia es julio último y el cálculo de la variación interanual de la facturación será entre julio 2019 y 2021, ya que durante el mismo mes del año pasado la facturación de la mayoría de los comercios resultó negativa.
Cómo inscribirse al programa
No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019, mientras que el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia es julio 2021.
El corte de actualización de bajas de nómina fue fijado para este 24 de agosto (inclusive) mientras que el corte de actualización CBU el 23 de agosto (inclusive). El mismo plazo de inscripción rige para las empresas de sectores críticos que se incluyeron recientemente.
La inscripción se realiza a través de la página de la AFIP. Para acceder al subsidio hay que inscribirse en el servicio Repro II del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con clave fiscal y confirmar los datos de la facturación interanual y descargar la nómina con los trabajadores que pueden ser beneficiados. Luego el sitio redirige la inscripción a la web del Ministerio de Trabajo donde se genera un comprobante con el número de trámite.
Los interesados en recibir la ayuda económica deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre julio último y el mes mismo mes de 2019.
El período de referencia de pagos a acreditar será de diciembre de 2020 hasta junio último para los autónomos. Para los monotributistas, el plazo es desde enero hasta julio de este año.
Entre los sectores críticos se incluyó el comercio de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros), de ramas esenciales pero que en los últimos meses han estado afectados por la caída de la circulación (por ejemplo, kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio) y centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).
También se extendió durante junio el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos”, destinado al sector gastronómico y a los autónomos de muchos otros rubros, como hoteles, turismo y peluquería, entre otros.