La recaudación impositiva de noviembre aumentó 88,8% en su medición interanual, al sumar un billón 953.860 millones de pesos, según informó la AFIP. Esta dinámica fue impulsada principalmente por el desempeño de recursos asociados al mercado interno y a la seguridad social
Cuando resta un solo mes para finalizar 2022, la recaudación tributaria de los once primeros meses del año marca un acumulado de 17,68 billones de peso, con una variación interanual de 79,9%. "De esta manera, los ingresos tributarios del año crecieron por encima de la variación general de precios", destacó el comunicado oficial.
En cuanto a los impuestos que otorgan progresividad al sistema, se expandieron en conjunto un 123,8% interanual. En particular, el Impuesto a las Ganancias, registró un crecimiento de 128,5% producto del ingreso de la segunda cuota del pago a cuenta extraordinario de ganancias realizado de las sociedades.
Por su parte, los impuestos con mayor respuesta a la actividad económica contribuyeron también a explicar el crecimiento de la recaudación nacional. Dentro de este grupo se destacan el IVA (+96,4%), el Impuesto a los Créditos y Débitos (+92,2%) y los Internos Coparticipados (+75,8%).
Respecto a los recursos de la Seguridad Social (+94,9%), se sostuvieron altas tasas de crecimiento, profundizando la tendencia expansiva observada en los últimos meses. Las mejoras salariales persisten como factor que explica dicha expansión. La suba de dichos recursos responde al crecimiento de las Contribuciones Patronales (+100,4%) y al incremento de los Aportes Personales (+92,1%).
Extienden facilidades de pago para Ganancias y Bienes Personales
AFIP prorrogó hasta el 31 de diciembre el plazo para acceder a un plan de facilidades de pago que permite regularizar los saldos pendientes de los impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales. El beneficio fue extendido a través de la resolución publicada en el Boletín Oficial. Quienes se adhieran al mismo recibirán mejores condiciones respecto de la cantidad de cuotas y el porcentaje del pago a cuenta requerido, además de que no se considerará –al fijar el plan de cuotas- la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) del deudor, siempre que se trate de las categorías A, B, C o D, excluyendo a los categorizados como “riesgo muy alto” (categoría E).
El Siper es un sistema informático de calificación que mensualmente categoriza a los ciudadanos en función a su comportamiento fiscal y el pago de sus obligaciones, al igual que otros criterios como infracciones, procesos judiciales, sanciones aduaneras y la presentación o no de las declaraciones juradas. La AFIP argumentó, al establecer la prórroga, que es “objetivo permanente” del ente tributario “promover y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes”.
El plan de pagos permite acceder a tres cuotas con un pago a cuenta del 25% y una tasa de interés mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) de los plazos fijos en pesos en el Banco Nación a 180 días, más un 1% anual en caso de ser personas humanas o un 3% si se trata de personas jurídicas. El esquema beneficia especialmente a los contribuyentes de categorías B, C y D, quienes, de no estar presente el plan de pagos, debían afrontar pagos a cuenta de un mayor porcentaje (entre 35% y 50%) y con un máximo de dos cuotas –categoría B- o una sola –C y D.
En el caso de que las cuotas del plan de facilidad de pago sean iguales o superiores a $ 100 millones, los mismos deberán cancelarse mediante un volante electrónico de pagos (VEP), aclaró la AFIP.
Con información de Télam