El Gobierno bonaerense imputó a las empresas de delivery Rappi y PedidosYa por el cobro de cargos adicionales compulsivos en los envíos, en violación a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, y les aplicó multas por más de 400 millones de pesos, informó este lunes el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia.
Un relevamiento de la Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios, dependiente de la cartera productiva provincial, constató que ambas empresas, mediante sus plataformas digitales, además del gasto por envío cobran un cargo extra denominado "tarifa por servicio" que se trataría a priori de un "costo" adicional empresario que se traslada a los consumidores.
Las empresas no brindan información detallada y precisa respecto a cuál es el motivo ni la composición de esa tarifa por servicio y obligan a usuarios y usuarias a pagarlo para finalizar la compra, ya que no permiten rechazar el cargo.
Según se precisó, ese cobro adicional resultaría una práctica abusiva por parte de ambas empresas, que aumenta el precio de los productos y servicios y traslada, a los consumidores y usuarios, costos y gastos empresarios, propios de la actividad que deben estar a cargo de las respectivas plataformas. Las empresas fueron notificadas y ahora tienen 5 días hábiles para presentar su descargo.
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La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo (DNDC), dependiente de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, ya había imputado a las empresas Pedidos Ya y Rappi por incluir cargos no solicitados en las tarifas de los servicios prestados. A partir de una investigación de oficio, el organismo de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240) descubrió que ambas firmas le imponen a los consumidores el cobro de sumas de dinero en concepto de “Propina” por la realización de pedidos a través de sus aplicaciones y/o sitios web aún cuando ello no fuera solicitado por quien realiza la compra.
"Hay una gran incertidumbre y distorsión en el mercado fruto de la alta inflación", señaló el presidente de la Unión de Consumidores de Argentina, Blanco Muiño. Advirtió que, si bien es posible elegir el no pago de dicho concepto, esta opción debe ser seleccionada por la o el usuario y no, como sucede actualmente, aparecer por defecto.
La DNDC, en este sentido, señaló que "el cargo por propina, no requerido previamente por tales consumidores, genera un débito o cargo automático y obliga a quien consume a pronunciarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice, lo que incurriría en una violación al artículo 35 de la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240)".
Tal como se indicó oficialmente, las empresas ya fueron notificadas y presentaron sus descargos frente a la DNDC, que actualmente está realizando el análisis jurídico del caso para evaluar si corresponden sanciones. Establecen parámetros obligatorios de calidad para servicios de atención a distancia.
Además se indicó que, "la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores destaca la importancia de promover los reclamos para detectar vulneraciones a los derechos de las y los consumidores".