Fuerte baja de impuestos en la provincia de Buenos Aires para los afectados por la pandemia

Será para más de 200 actividades que fueron perjudicadas por la pandemia del coronavirus. A quiénes incluye y cómo saber si obtengo el beneficio.

19 de enero, 2021 | 09.48

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) instrumentó la exención de hasta un 50% en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para favorecer a los contribuyentes que fueron más perjudicados por la pandemia. El beneficio es para 206 actividades económicas y la resolución abarca a operaciones devengadas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020.

Según explicó Axel Kicillof“la exención alcanza el 50% en el caso de microempresas, comercios, pymes y pequeños contribuyentes, entre ellos negocios de productos no esenciales y rubros como turismo, cultura, gastronomía y deporte”, a la vez que señaló que “para las empresas más grandes el beneficio será del 15%”.

“Estamos trabajando para acompañar a los sectores que se han visto más golpeados por la pandemia”, aseguró el gobernador y agregó: “Somos conscientes de la situación complicada que están atravesando muchos contribuyentes, pero vamos a salir adelante con trabajo, solidaridad y un Estado presente”.

Sobre el beneficio, detalló que “forma parte del programa de asistencia tributaria que comenzamos a implementar el año pasado para ayudar a la recuperación de los sectores productivos que, a causa de la pandemia, vieron afectada su actividad económica y debieron soportar una importante pérdida de ingresos”.

Esta resolución se suma a otras medidas de asistencia que ARBA implementó a lo largo de 2020 para ayudar a contribuyentes afectados por la pandemia, como la reducción de alícuotas, las mejoras en el proceso de devolución de saldos a favor, la extensión de plazos para poder pagar impuestos sin perder los descuentos por cumplir en término y los planes con facilidades para regularizar deudas.

Cómo saber si obtengo el beneficio

De acuerdo a la resolución de ARBA que se publica hoy en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, los contribuyentes tienen que ingresar a arba.gob.ar para verificar si se encuentran alcanzados por la medida.
Ya en la web del organismo, deben acceder a la solapa “Contribuyentes”, seleccionar “Ingresos Brutos”, luego “Consultas” y “Beneficio Decreto 1252/2020”. Una vez digitada la CUIT y clave fiscal, el sistema les confirmará si cumplen las condiciones para recibir la exención.

En caso de que estén alcanzados por la medida, serán los propios contribuyentes quienes aplicarán el beneficio (en función del porcentaje de la exención que les corresponda), detallando en sus declaraciones juradas de Ingresos Brutos cuál es el monto imponible que estará exento.

Por su parte, quienes ya tengan presentadas las declaraciones juradas correspondientes a los meses de 2020 incluidos en el período de exención parcial, deberán rectificar las mismas y modificarlas aplicándoles el beneficio respectivo.

Quiénes pueden obtener el beneficio

Dentro de las más de 200 actividades alcanzadas por la medida, se encuentra el cultivo de plantas y flores; la fabricación de instrumentos musicales; construcción, instalaciones de electricidad, gas, carpintería, pintura, etc.; lavaderos de vehículos; venta de indumentaria, libros, óptica, calzado, muebles, electrodomésticos, relojería y otros productos.

También los servicios de transporte; inmobiliarios; profesionales; alojamiento; gastronomía; turismo; alquiler de diversos artículos; edición de libros y publicaciones; producción audiovisual; desarrollo de software; guarderías; jardines; enseñanza; deporte; recreación; entretenimiento; espectáculos; peluquerías; y estéticas.

Para acceder a la exención parcial, entre otros requisitos, los contribuyentes deberán estar inscriptos en el “Programa Buenos Aires ActiBA” del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica bonaerense.