Durante la pandemia del COVID-19, el Gobierno nacional destinó un auxilio a empresas del país a través del programa para la Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) para que puedan hacerle frente a la crisis económica y mantener los puestos de trabajo y la producción. Sin embargo, más de 2 mil firmas destinaron el auxilio para la compra de dólares o la distribución de utilidades, entre otras inconsistencias.
En este marco, a través de la Resolución General 5035/2021 publicada este miércoles del Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, determinó que las empresas que incumplieron la iniciativa deberán, en un plazo de 15 días hábiles desde la llegada de la notificación, devolver el dinero al Estado nacional. Para eso, deberán ingresar en el aplicativo "Mis Facilidades" del sitio web del organismo fiscal nacional.
Plan de pago por uso incorrecto de la ATP by Gimeluz Figueroa on Scribd
En tanto, la devolución, según aclara la resolución, tendrá intereses que "se aplicarán sobre el monto del capital (importe del beneficio que se reintegra) serán calculados desde la fecha en que se hayan acreditado las sumas en las cuentas de los trabajadores, hasta la de la efectiva restitución del importe adeudado".
Cómo deberá ser la devolución: plan de pago
Sobre la forma de pago, la AFIP presentó una plan de financiación que consiste en un pago a cuenta de 20% de la deuda consolidada y 5 cuotas mensuales, iguales y consecutivas para saldar la diferencia. Mientras que el importe de cada una de las cuotas y del pago a cuenta será igual o superior a $1.000, la tasa de financiación efectiva mensual será del 2%, y la fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de cancelación del pago a cuenta.
El Programa ATP lanzado en el marco de la pandemia del COVID-19 permitió amortiguar el impacto económico de la emergencia sanitaria y las restricciones. El objetivo del programa fue sostener ingresos y puestos de trabajo en el sector privado por lo que el Estado invirtió más de $220 mil millones de pesos durante 2020 para financiar el salario complementario.
Lo cierto es que la normativa del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP establecía que los beneficiarios no podían adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior como tampoco llevar a cabo erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.