El presidente Javier Milei firmó un decreto en el que se dispone la venta, disposición o transferencia de más de 300 inmuebles en manos del Estado Nacional. Entre los ejemplos de este desprendimiento se destaca un edificio del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria en la avenida Cerviño 3101.
Así lo dispuso el mandatario a través del Decreto 950/24 publicado en el Boletín Oficial de este viernes. La iniciativa forma parte de "las medidas tendientes a eficientizar el rol del Estado" ya que, según se fundamenta en la norma, los inmuebles en cuestión "resultan innecesarios".
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En esta línea, desde el Gobierno consideraron que "mantener ociosos" estos bienes "genera costos y gastos que deben evitarse". Asimismo, indicaron que desprenderse de ellos va a "ayudar a superar la crisis que enfrenta la economía de nuestro país".
Concretamente, la normativa habilita a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a impulsar "los procedimientos de enajenación" de un total de 309 propiedades. En esa extensa lista hay baldíos, cocheras, terrenos ferroviarios, portuarios o industriales, plantas de silo, campos y también edificios urbanos.
Este decreto reflotó unas 13 normas firmadas por el expresidente Mauricio Macri firmadas entre 2016 y 2019 que autorizaba procesos de enajenación de inmuebles propiedad del Estado y "no llegaron a concretarse". "Resulta oportuno proceder a efectivizar las medidas allí ordenadas", indicaron.
Se reglamentó el proceso de privatizaciones
La Comisión Nacional de Valores (CNV) fijó la reglamentación para que las empresas estatales puedan poner a la venta sus acciones en el mercado de capitales. Esta medida incluye a empresas sujetas a privatización como "Nucleoeléctrica Argentina", "Yacimientos Carboníferos de Río Turbio", "Enarsa", "Intercargo", "Aysa", entre otras.
Según la normativa oficial, las condiciones de ingreso que deberán cumplir las entidades son:
- La solicitud deberá ser suscripta por el representante legal de la emisora, quien legalmente lo reemplace o mandatario con poder suficiente. Deberá incluirse el acta de asamblea o instrumento similar que consideró y dispuso el ingreso al régimen de oferta pública de acciones.
- En la solicitud se deberá indicar el objeto del pedido e identificar de manera precisa el régimen en el que solicitan autorización, al cual quedarán obligadas a cumplimentar durante toda su permanencia en la oferta pública y el acogimiento al régimen especial informativo previsto en esta Sección.
- Acompañar la totalidad de la documentación detallada en este Capítulo para el régimen para el cual solicita su ingreso, así como la que se indica en los puntos siguientes en caso de solicitar el acogimiento al régimen informativo especial previsto en esta Sección.