El Gobierno nacional modificó los requisitos para acceder a las Pensiones no Contributivas por Invalidez. Se trata de las condiciones para acceder al pago mensual de la prestación que liquida la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses).
Los cambios fueron oficializados a través del Decreto 7 y llega la firma del presidente Alberto Fernández y el jefe de Gabinete, Juan Manzur. En el documento se e sustituyó el punto 1° del Anexo 1 del Decreto 432 de 1997 y sus textos complementarios posteriores que detallan los requisitos para acceder a la prestación.
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"En virtud del reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad y de aquellas que, por su condición de salud y vulnerabilidad social, económica y geográfica se encuentran limitadas para realizar los Certificados Médicos Oficiales (CMO), es indispensable extender la competencia en la expedición de dicha certificación a los profesionales médicos y las profesionales médicas de la Agencia Nacional de Discapacidad, a los efectos de hacerla accesible en todo el territorio argentino", subraya un Considerando.
Cuáles son los requisitos para acceder a las Pensiones no Contributivas por Invalidez
Podrán acceder a las PnC por Invalidez se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- a. Encontrarse imposibilitada o imposibilitado, en virtud de su condición de salud y vulnerabilidad social, para la plena inclusión: esta condición se acreditará mediante la presentación de Certificado Médico Oficial (CMO), suscripto por profesional médico o médica de establecimiento sanitario oficial o de la Agencia Nacional de Discapacidad y con la evaluación socioeconómica realizada por la referida de la misma, de acuerdo a los criterios que la misma establezca;
- b. No poseer un vínculo laboral formal o encontrarse inscripta o inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente;
- c. Acreditar la identidad, edad y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad (DNI);
- d. Ser argentina nativa o argentino nativo, naturalizada o naturalizado o residente en el país;
- e. Las personas extranjeras deberán acreditar una residencia mínima continuada en el país de DIEZ (10) años (la condición de residencia en el país será probada con la presentación del Documento Nacional de Identidad);
- f. En el caso de solicitantes menores de edad, el requisito se probará mediante la residencia mínima continuada en el país de TRES (3) años por parte de sus padres, madres o tutores. La condición de tal residencia será probada con la presentación del Documento Nacional de Identidad;
- g. No estar amparado el peticionante o amparada la peticionante por un régimen de previsión, retiro permanente o pensión de carácter contributivo o no contributivo;
- h. No tener parientes que estén obligados u obligadas legalmente a proporcionarle alimentos: este requisito se aplicará exclusivamente en el caso de solicitantes menores de edad;
- i. No poseer bienes, ingresos ni recursos suficientes. La Agencia Nacional de Discapacidad será la encargada de establecer los criterios socioeconómicos con el fin de acreditar este requisito;
- j. No encontrarse detenida o detenido en establecimientos penitenciarios.
Pensiones No Contributivas Anses: Calendario De Pago De Enero 2023
- DNI terminados en 0 y 1: martes 3 de enero
- DNI terminados en 2 y 3: miércoles 4 de enero
- DNI terminados en 4 y 5: jueves 5 de enero
- DNI terminados en 6 y 7: viernes 6 de enero
- DNI terminados en 8 y 9: lunes 9 de enero